La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó un recurso de nulidad presentado por el Colegio Alemán contra la sentencia de un juicio por faltas al debido proceso en la cancelación de la matrícula de un alumno durante el presente año lectivo.
En julio, la justicia civil falló contra la institución y le condenó a pagar una multa a beneficio fiscal de 50 unidades tributarias mensuales (2,4 millones de pesos).
Según el fallo del tribunal de alzada, "las medidas disciplinarias o sanciones exigen una clara descripción de su contenido, no pudiendo haber ambigüedades en su formulación, o que ellas puedan resultar confusas e ininteligibles. En este caso, la sanción de cancelación de matrícula no está debidamente conceptualizada".
El tribunal agrega que el colegio "no acreditó en la causa la racionalidad o fundamentación de su actuar al hacer entrega a la familia del menor la carta (de expulsión, fechada el 23 de noviembre de 2018), teniendo cabal conocimiento que se encontraba pendiente ante la Corte Suprema la vista del recurso de apelación, donde se determinaría con carácter definitivo si el procedimiento investigativo al alumno que concluyó con su expulsión, se ajustaba o no a derecho".
La situación que generó la medida disciplinaria del establecimiento fue una denuncia por supuestas tocaciones a una compañera. Sin embargo, de acuerdo a la justicia, esa infracción no quedó establecida en un debido proceso, por la cual se acogió la acción de no discriminación.