Corte de Chillán confirmó despido indebido tras finiquito electrónico a ex trabajadora de WOM
El fallo sostiene que el finiquito electrónico no permite reservas de derecho, siendo una diferencia arbitraria respecto al finiquito presencial.
La empresa debe pagar el recargo del 30 por ciento de indemnización por años de servicios.
El fallo ratificó la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, cursada el 7 de diciembre.