La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un sujeto condenado por el homicidio de su cuñado, tras una discusión que terminó con la víctima apuñalada en la vía pública.
Se trata de Juan de Dios Márquez Barrera, condenado a la pena de siete años de presidio efectivo por hechos acontecidos en septiembre del año 2019, en calle Los Cóndores.
En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada el 2 de febrero de este año por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (Top) de Chillán.
"Lo que se impugna no es un problema de errónea aplicación del derecho, sino que de apreciación o valoración de la prueba rendida en el juicio, cuestión que, como se ha señalado, constituye una facultad exclusiva y excluyente del tribunal a quo y que le ha permitido a este valorar negativamente dicha prueba, excluyendo la atenuante alegada", sostiene el fallo.
A raíz de lo anterior, el fallo "rechaza, sin costas, el recurso de nulidad" interpuesto por la defensa del condenado, declarándose que dicha sentencia no es nula, como tampoco lo es el juicio oral en que se pronunció.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que "Márquez Barrera, luego de una discusión con su cuñado Juan Carlos Figueroa Espinoza, procedió a agredirlo con arma corto punzante, tipo cortapluma, con intención de darle muerte, ocasionándole una hemorragia extensa, secundaria a trauma torácico complicado, lesiones que finalmente provocaron la muerte de Figueroa".