Corte Suprema falla contra Municipio de Cobquecura en juicio por acoso laboral

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Autor: Cooperativa.cl

En el 2017 una docente demandó a la municipalidad por acoso laboral y hostigamientos por razones políticas.

Tras el fallo, el alcalde y los funcionarios municipales tendrán que realizar un curso antidiscriminación.

Corte Suprema falla contra Municipio de Cobquecura en juicio por acoso laboral
 Archivo (Cooperativa)

Alcalde Julio Fuentes señala que nunca existió persecución política ni discriminación por la maternidad de la docente, sino intención de resguardo a la probidad.

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A un curso de anti discriminación laboral y protección a la maternidad fue sentenciado el alcalde de Cobquecura Julio Fuentes (PR) y los directores de departamentos del municipio de Ñuble, en el marco de un juicio por acoso laboral y hostigamientos iniciado hace dos años por la docente Katherine Jiménez.

Este martes la Corte Suprema ha declarado inadmisible la impugnación presentada por el municipio, ratificando el fallo ordenado en primera y segunda instancia, que tiene relación con el pago de una indemnización de 10 millones de pesos a la demandante, la publicación del fallo en la página web de la entidad edilicia y la instrucción a funcionarios municipales sobre antidiscriminación laboral y protección a la maternidad.

Antecedentes de la demanda

Katherine Jiménez es profesora de Pedagogía en Educación Básica e ingresó al municipio en el año 2014, bajo la modalidad de "a contrata", durante la administración del ex alcalde Osvaldo Caro (UDI), siéndole asignada la función de profesora única de la Escuela G-20 La Antena.

Su abogado Francisco Amigo, indicó que el año 2016, tras asumir el alcalde Julio Fuentes (PR), "se habrían desatado una serie de situaciones de acoso laboral y vulneración de garantías fundamentales contra ella, debido a razones políticas, por ser sobrina del concejal Henry Segura (UDI), electo en el mismo período".

El 28 de febrero de 2017, a pesar de estar embarazada no se le renovó el contrato, motivo por el cual recurrió a la Contraloría General de la República, instancia que ordenó su reincorporación y el reconocimiento de su fuero maternal. Paralelamente presentó una demanda laboral contra el municipio.

Municipio se defiende

Consultado por Cooperativa sobre el fallo supremo, el alcalde Julio Fuentes indicó que nunca existió persecución política ni discriminación por la maternidad de la docente, sino intención de resguardo a la probidad en el marco de la administración municipal.

"Estamos regidos por la ley 18.695 de la Orgánica Constitucional de Municipalidades, que exige que no puede haber contrataciones a familiares directos de autoridades comunales, hasta el cuarto grado de consanguineidad, y en este caso, ella es sobrina de un concejal, lo que me impedía contratarla, porque estaba inhabilitada", indicó.

El edil agregó que "nunca ha existido una situación de acoso ni contra la maternidad, sino, estamos hablando de un trasfondo legal que no sabemos cómo interpretar, pero aun así ella fue reintegrada en marzo del 2017 y recontratada este año pese a que ya no tiene fuero maternal".

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