Fiscalía evalúa investigar de oficio a empresario por porte de armas
Persecutor afirmó que es el único delito por el que se podría imputar a Renato Jaramillo.
Añadió que impedir el paso a un bien de uso público solo está sancionado con multas.
Persecutor afirmó que es el único delito por el que se podría imputar a Renato Jaramillo.
Añadió que impedir el paso a un bien de uso público solo está sancionado con multas.
El fiscal adjunto jefe de Pichilemu, Rodrigo Troncoso, reveló que no se ha recibido ninguna denuncia por amenazas contra el empresario Renato Jaramillo, quien este fin de semana impidió agresivamente el acceso de visitantes a la playa Mónaco en la Región de O'Higgins.
El hecho fue denunciado a través de redes sociales, mismo medio por el que el persecutor se enteró de la situación, que se repite luego de que Jaramillo fuera multado en febrero por un hecho similar.
"Hasta hoy en la mañana no se había recibido ninguna denuncia por el delito de amenazas que tenga como imputado al señor Renato Jaramillo, que es lo que se conoció a través de redes sociales. Además, del audio por lo menos que yo escuché de redes sociales no queda clara la existencia de amenazas", afirmó Troncoso.
"Aparentemente lo que se indicaba por parte de un particular era la existencia de un acto de intimidación por la exhibición de un arma. No podemos descartar la posibilidad de abrir de oficio una investigación por el delito de tenencia de armas de fuego para verificar si el señor Jaramillo tiene o no tiene permiso para el porte y tenencia de armas de fuego en su domicilio", añadió el fiscal.
"La conducta que se le imputa al señor Jaramillo concretamente, que es no permitir acceso a bienes nacionales de uso público, es una figura que está solamente sancionada con multas y cuya competencia les corresponde a los juzgados de policía local. La Fiscalía no interviene en ese tipo de hechos salvo que en el contexto del mismo se cometa algún otro delito y en ese caso la Fiscalía intervendría solo por el delito y no por no permitir el acceso", explicó el persecutor.
"En rigor él está dentro de su predio y la tenencia de armas de fuego se permite cuando uno lo hace con el arma debidamente inscrita en el interior del lugar donde puede tenerla conforme a la inscripción reglamentaria. Lo que podría haber es una figura de tenencia ilegal en la medida que esta persona no tenga el permiso respectivo o bien que la mantenga en un lugar distinto de aquel que informó a la entidad fiscalizadora", detalló.
"Voy a oficiar a la unidad fiscalizadora para que me informe esa situación y como resultado de ese oficio podemos evaluar abrir o no una investigación penal", sentenció el fiscal Troncoso.