Suprema ratificó fallo contra paciente del Hospital de Rancagua que se niega a recibir sangre por motivos religiosos

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte Suprema decretó que se debe privilegiar la salud de la paciente.

El Hospital deberá tomar todas las acciones para salvar la vida de la mujer.

Suprema ratificó fallo contra paciente del Hospital de Rancagua que se niega a recibir sangre por motivos religiosos
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El máximo tribunal se basó en el derecho a resguardar la salud del paciente.

Llévatelo:

La Corte Suprema confirmó la sentencia de un recurso de protección
presentado por el Hospital Regional de Rancagua respecto a una paciente que se
niega a recibir transfusión de sangre por razones religiosas.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal, ratificó la resolución que acogió la acción cautelar en favor de la vida de una mujer testigo de Jehová que requiere intervención quirúrgica. 

La resolución apuntó que "el mandato constitucional de asegurar la vida y la integridad física y psíquica de las personas es indisponible, por ello no puede ser limitado ni aún con la voluntad o anuencia de aquellas personas a quienes está destinada la acción cautelar por la conculcación de ese derecho fundamental".

"El derecho de los pacientes a denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a la atención de su salud, en ningún caso podrá tener como objetivo la aceleración de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el auxilio al suicidio", añade la sentencia.

 El fallo concluyó que "el acto de la recurrida (la paciente) en relación a negarse, en virtud de sus creencias religiosas, a la eventual transfusión de sangre que pueda derivar del procedimiento operatorio a que necesariamente debe someterse no resulta arbitrario pero sí constituye un acto ilegal", concluyó el fallo.

Por lo tanto, la justicia "ordena al Hospital Regional Libertador Bernardo O'Higgins (..) adoptar y aplicar todas las medidas terapéuticas y tratamientos médicos que sean necesarios para proteger y salvaguardar la vida y la integridad física y psíquica de la paciente.

Revisa el fallo completo aquí.

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