Ordenan indemnizar a familia de paciente que murió tras recibir inyección con aguja infectada
El máximo tribunal sancionó a las instituciones con la suma de 80 millones de pesos.
Según el dictamen, uno no cumplió con la prestación de servicios y el otro con su rol fiscalizador.
El fallo fue unánime.
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La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud y a la Corporación Municipal de Iquique a pagar 80 millones de pesos al hijo de un paciente que falleció luego de que le aplicaran una inyección con una aguja infectada en el Centro de Salud Familiar Cirujano Guzmán.
La Tercera Sala del máximo tribunal, en fallo unánime, rechazó los recursos de casación en forma y fondo luego de establecer la responsabilidad de ambos organismos de la Región de Tarapacá por el "mal tratamiento brindado a la víctima".
Los jueces resaltaron que la Corporación de Desarrollo Social de Iquique es responsable de los servicios que presta el Cesfam, por lo que "se incorpora la falta de servicio como factor de imputación que genera la obligación de indemnizar a los particulares por los daños que éstos sufran a consecuencia de la actuación de los Servicios de Salud del Estado".
Así, el fallo advierte que "a través del servicio de atención primaria a su cargo, Cesfam Sur y Cesfam Cirujano Guzmán, no otorgaron a Sandra Ilaja la atención de salud que requería de manera eficiente, eficaz y, especialmente, oportuna".
En paralelo, el máximo tribunal remarcó que la responsabilidad del Servicio de Salud de Iquique radica en la falta de fiscalización que le corresponde.
De esta forma, el fallo enfatiza que "no resulta admisible que el demandado intente evadir su responsabilidad como ente fiscalizador, pues no carece de aquélla, no observándose en la sentencia recurrida el vicio denunciado, debiendo rechazarse el recurso de casación interpuesto".