En la Corte Suprema este jueves comenzaron los alegatos de los recursos de nulidad de juicio oral presentados por las defensas de los sentenciados Hugo Bustamante y Denisse Llanos, condenados respectivamente por femicidio y homicidio, ambos con violación, de la adolescente Ámbar Cornejo, ocurrido en 2020 en Villa Alemana.
Por dicha causa, que además incluye una serie de delitos sexuales cometidos contra el hermano menor de la joven, los acusados fueron condenados a presidio perpetuo calificado en diciembre pasado.
De esta manera, y tal como permite la ley, ambas defensas recurrieron de nulidad.
"Esta parte, junto a los demás persecutores, creemos que existe un hierro, un error, por parte de la Defensoría Penal Pública por cuanto ellos invocan en sus recursos que ha existido vulneración a las garantías fundamentales o constitucionales de los imputados en la presente causa, cuestión que no es así", dijo el abogado querellante Patricio Olivares, representante del padre de Ámbar.
Agregó que "se produce dicha discusión dado la mutación que tuvo esta investigación que inicia por una presunta desgracia que es investigada por la Brigada de Investigación Criminal de la PDI de Villa Alemana, donde se realizan todas y cada una de las diligencias tendientes a dar con el paradero de la víctima".
"Dado este trabajo investigativo y obviamente la declaración que presta de forma libre y espontánea la condenada Llanos ante la PDI en la comuna de Limache, se logra establecer primero, la muerte de la víctima; segundo, la existencia de un delito; tercero, la participación en ese momento de Hugo Bustamante e inicia una investigación por el delito de femicidio con violación", sostuvo el jurista.
"Después termina detenida Llanos acusada del mismo delito. Por lo tanto, esta parte va a solicitar que se rechace todas y cada una de las pretensiones de la defensa, sumado a los antecedentes que se van a aportar en esta audiencia que dicen relación con una prueba objetiva, una verdad acreditada en juicio y en base a hechos claros, y no respecto de suposiciones, presunciones tal como lo establece o como lo quiere la Defensoría Penal Pública", cerró Olivares.
La audiencia finalmente no fue transmitida ni la prensa pudo acceder a la sala del máximo tribunal en resguardo de los derechos de ambas víctimas.
Al respecto, la curadora ad-litem Paola Canessa explicó que "hay una prohibición de informar a los medios de comunicación y esa prohibición se basa fundamentalmente en la Convención de Derechos del Niño y en las normas vigentes en el Código Procesal Penal de nuestra legislación".
"El adolescente que yo represento, en la calidad de curador ad-litem, es un menor de edad y tiene derecho a la privacidad y a que se resguarde su identidad y los hechos respecto de los cuales fue víctima", enfatizó.