Penalista: Fin de indagatoria a Piñera por no usar mascarilla "revela doble estatus punitivo"

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Autor: Cooperativa.cl

El abogado y académico Felipe González dice que la decisión de Fiscalía es una discriminación positiva hacia el Jefe de Estado.

Penalista: Fin de indagatoria a Piñera por no usar mascarilla
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Luego de que el Ministerio Público desistiera de investigar al Presidente Sebastián Piñera por el no uso de mascarilla en Cachagua, el abogado penalista y académico de la Universidad de Valparaíso (UV) Felipe González aseguró que se trata de una "discriminación positiva" en favor del Mandatario.

El jurista explicó que "el principio de oportunidad es una facultad que tienen los fiscales de la República para abandonar una investigación penal cuando se trata de delitos que no comprometen gravemente el interés público".

Aquello, aplica -según González- a delitos que tengan penas inferiores a los 540 días.

"Lo lamentable de la aplicación de esta figura en el caso del Presidente Sebastián Piñera es que revela un criterio de discriminación positiva por parte del Ministerio Público al considerar que en el caso de él, su conducta no compromete gravemente el interés público".

En esa línea, el profesor de la cátedra de derecho penal indicó que se trata de discriminación positiva "porque el criterio general de persecución en casos de los demás ciudadanos por el cuál ha optado el Ministerio Público ha sido precisamente el contrario, esto es el de perseguir, detener y formalizar a los ciudadanos que infringen de alguna forma las normas de salubridad".

Agregó que "es doblemente cuestionable cuando un criterio de política criminal del Ministerio Público tiene excepciones que se basan en la calidad de la persona que infringe la norma, revelando un doble estatus punitivo; el de los privilegiados y el del ciudadano normal".

La aplicación de este criterio, dice el académico, "es una herramienta muy útil para no criminalizar actos, que en principio no van a volver a ocurrir; sin embargo, cuando se aplica respecto de algunos, y no respecto de todos, el criterio se torna discriminatorio".

"La decisión adoptada en este caso por el Ministerio Público no sería tan lamentable si siguieran ese mismo criterio respecto de todos (ley pareja no es injusta); pero no fue el caso", finalizó el abogado penalista.

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