La Corte Suprema confirmó la condena de 13 años y un día de presidio por el delito frustrado de homicidio de funcionarios de la PDI, además de los delitos consumados de tenencia y posesión ilegal de arma de fuego, arma prohibida y municiones.
La Segunda Sala del máximo tribunal desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Esteban Pérez Campos, descartando que los funcionarios policiales hayan actuado en forma ilegal y al margen de la ley en los hechos ocurridos en octubre de 2022 en Hualpén, en la Región del Biobío.
De acuerdo a la investigación, los funcionarios "se identifican a viva voz como policías y comenzaron a dispararles para repeler el ataque ya que estaba amenazada su vida y la de terceros; luego de lo cual los sujetos huyeron del lugar dejando abandonado el Peugeot. Ambos policías son contestes en que el vehículo en que ellos se desplazaban recibió tres impactos de bala, tanto en la luneta trasera, en el costado derecho y en el parabrisas delantero. Seguidamente, cuando los sujetos se dieron a la fuga, revisaron el Peugeot y se parapetaron en su auto por si venía el segundo vehículo a atacarlos".
"A los minutos llegaron al lugar otros funcionarios policiales a los que les manifestaron que uno de los sujetos tenía el pelo de color blanco y ese dato fue cotejado por otros funcionarios de la unidad y con ello se pudo determinar la identidad de uno de los agresores, lo que sumado a otros antecedentes que se originaron en investigaciones paralelas llevadas por la unidad, se logró la detención de uno de los atacantes", relatan.
El texto sigue indicando que "se estableció la existencia de un delito de homicidio –finalmente frustrado– en contra de los funcionarios policiales, cuyas víctimas pudieron dar información directa y reciente a sus compañeros, quienes con base en la descripción que les dan e información residual que poseían pudieron identificar a uno de los sujetos que momentos previos atentó en contra de los funcionarios, a ello se suma que un testigo vio al imputado ingresando a su domicilio, herido y con armas en sus manos, para posteriormente huir hacia el domicilio en que finalmente es detenido".
"Se desprende que los funcionarios de la PDI estaban en una hipótesis de flagrancia no solo por cuanto la detención se practicó dentro del marco temporal de 12 horas que establece el Código Procesal, sino porque además existió una persecución inmediata y dirigida específicamente en la persona del sentenciado", finaliza el texto.