La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la sentencia que condenó a dos miembros en retiro de la Armada por su responsabilidad en el homicidio calificado de Hugo del Rosario Candia Núñez y de la aplicación de tormentos a Máximo Segundo Neira Salas en octubre de 1973 en Talcahuano, Región del Biobío.
El fallo unánime ratificó la condena de 10 años y un día para Julio Alarcón Saavedra en calidad de autor del homicidio calificado de Hugo Candia Núñez y de 61 días por los apremios ilegítimos en contra de Máximo Neira Salas.
Además confirmó la condena de Ary Acuña Figueroa a 4 años de presidio como encubridor del homicidio de Candia y de 61 días por la aplicación de tormentos a Neira, con el beneficio de libertad vigilada por el lapso de cinco años.
"Especialmente es posible tener por cierto que las víctimas fueron aprendidas por personal de la Armada de Chile, que fueron llevadas por orden de la autoridad de dicha época a las instalaciones del Fuerte Borgoño Talcahuano y retenidas e interrogadas ahí, específicamente en el sector denominado 'La Ciudadela'", asegura el fallo.
"Las víctimas eran perfectamente conocidas por los funcionarios aprehensores y reconocidas por quienes practicaron tareas de custodia. En dicho contexto, además, es posible presumir que las víctimas fueron sometidas a tormentos y que perdieron la vida mientras se encontraban custodiados por personal de la Armada de Chile", agrega la resolución.
En el aspecto civil, el fallo condenó al Estado y a los sentenciados a pagar una indemnización total de 250 millones de pesos a los familiares de Neira Salas.