Corte de Apelaciones rechazó la prisión preventiva contra el tío abuelo de Tomás

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal sostuvo que no hay pruebas que acrediten la participación del sospechoso, imputado por homicidio calificado.

"No es posible situar al acusado en el lugar de los hechos", concluyó.

"No hay otro resultado posible cuando las cosas se hacen mal", dijo la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, apuntando nuevamente a la Fiscalía.

Corte de Apelaciones rechazó la prisión preventiva contra el tío abuelo de Tomás
 Nelson Ojeda, Cooperativa Regiones
Llévatelo:

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de la Fiscalía y dejó en libertad al tío abuelo de Tomás Bravo, pequeño de tres años y medio cuyo cuerpo fue hallado el viernes en el sector rural Caripilún, en la comuna de Arauco, donde había desaparecido 10 días antes, tras considerar diversas incongruencias y falta de rigurosidad científica en la prueba presentada por el ente persecutor para justificar la imposición de la prisión preventiva.

En fallo dividido, la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hadolff Ascencio, la fiscal judicial Silvia Mutizábal y el abogado (i) Gonzalo Cortez– confirmó la resolución dictada en primera instancia por el Juzgado de Garantía de Arauco y descartó imponer la medida cautelar solicitada contra J.E.E.E., de 57 años, la última persona que vio con vida al niño antes de que se perdiera el pasado 17 de febrero, a quien el Ministerio Público le imputa el delito de homicidio calificado.

"En efecto, se debe partir del presupuesto básico que nos da el pre informe de autopsia practicado al cuerpo de la víctima por el Servicio Médico Legal, en el cual se concluye que la causa de la muerte es inespecífica y que se encuentra aún sometida a estudio, sin descartar ni afirmar la participación de terceros", sostiene el fallo, que leyó el juez Ascencio al cierre de la audiencia, que se extendió por más de seis horas. 

"Esta corte también comparte las conclusiones de la jueza a quo en lo que dice relación con la falta de antecedentes que permitan, por ahora y en esta etapa procesal, presumir fundadamente la participación del imputado en el delito que se investiga", señala la resolución. 

"Al efecto, no es posible situar al imputado en el tiempo y lugar en que acaecieron los hechos, al menos con los antecedentes probatorios hasta ahora acompañados, esto es, el informe policial de la Brigada de Homicidios, contrastado éste con las declaraciones de testigos y la georreferenciación del teléfono celular del imputado. Por lo mismo, con los antecedentes hasta ahora reunidos no es posible darle mayor credibilidad al informe evacuado por Labocar de Carabineros por sobre el resto de los elementos allegados a la investigación", concluye.

"Dese inmediata orden de egreso para el imputado si no estuviere privado de libertad por otra causa", dictaminó el tribunal. 

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó un nuevo informe pericial maxilofacial realizado al niño donde, según se indicó, se evidencian lesiones en su boca, cuyos resultados fueron entregados ayer, cerca del mediodía.

El nuevo documento presentado por el ente persecutor buscaba "establecer algún antecedente concordante con la teoría que hemos planteado", dijo la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena.

Al momento de su presentación, la persecutora pidió cortar la transmisión de la audiencia debido a que las fotografías en torno a esta pericia son "altamente comprometedoras de la dignidad de Tomás y su familia".

La resolución de la corte consideró que esta nueva pericia, "si bien aporta hallazgos aún no concluyentes, a la espera del resultado científico de las muestras tomadas en esa cavidad, no hace luces respecto de la causa específica de la muerte de la víctima, en los términos de la formalización de cargos en contra del imputado".

"Mención aparte reviste la incongruencia que se puede extraer en cuanto a la data de la muerte, entre lo que sostiene la formalización de cargos y el pre informe del Servicio Médico Legal, aspecto que si bien podría ser considerado como una cuestión meramente formal, lo cierto es que da cuenta de la falta de rigurosidad científica en los antecedentes que se exhiben para justificar el presupuesto material de la letra a), ello por cuanto en el pre informe aludido se fija una data de muerte de cinco a siete días anteriores a la emisión del mismo, esto es, entre el 19 y el 23 de febrero recién pasado, y en la formalización se fijó como fecha de fallecimiento el día 17 de febrero de 2021", agregó el tribunal. 

"Lo mismo –continúa– se puede reprochar respecto de la circunstancia que existen aún numerosas pruebas científicas pendientes referidas a los análisis de muestras tomadas al cuerpo de la víctima, sin que en esta audiencia se cuente con el resultado de alguna de ellas".

Asimismo, el dictamen cuestionó la relevancia que le atribuye el persecutor al informe evacuado por Carabineros, en desmedro del entregado por la PDI. 

La defensa del tío abuelo constantemente dargumentó que el nuevo informe no hacía referencia a la causa de muerte del pequeño y que no existía una prueba de ADN que sitúe al sospechoso en el lugar de los hechos. Una muestra de sangre tomada al hombre arrojará sus resultados en tres días.

"APRESURAMIENTO" DE LA FISCALÍA

Por su parte, el querellante Cristian Echaiz, abogado de la familia paterna de Tomás, afirmó que "el error principal" de la Fiscalía ha sido "el apresuramiento": "Creo que eso no amerita mayor análisis", señaló.

El jurista cuestionó, además, "la forma tan tardía con la que empiezan a hacer el peritaje que dio a conocer la fiscal regional, porque tengo entendido de que esa pericia recién se solicitó el día de 2 de marzo, en consecuencia de que pudo haber sido solicitada desde el día que encontraron el cuerpo".

"No entiendo que la gente que se dedica a esto, que son los profesionales, los científicos de la materia, no se les haya ocurrido desde el día uno, apenas tuvieron a su disposición el cuerpo de Tomasito", planteó.

Posteriormente, un grupo de personas, aparentemente sin razón, propinó insultos y lanzó botellas, piedras y golpes de puños y patadas contra el automóvil del letrado tras un punto de prensa en las afueras de la cárcel El Manzano, en Concepción, por gente que aguardaba la salida en libertad del único sospechoso, el tío abuelo de la víctima, quien quedó libre durante la tarde.

NUEVO REVÉS DE LA FISCALÍA 

Ayer miércoles, el fiscal nacional, Jorge Abbott, designó a la fiscal Cartagena para dirigir la investigación de esta causa, luego de la polémica formalización del sospechoso, que llevó a cabo el martes el fiscal jefe de Arauco, José Ortiz.

En ella, tras ocho horas de maratónica audiencia, el Juzgado de Garantía de Arauco desestimó la prisión preventiva solicitada por Ortiz. La magistrada Perla Roa impugnó prácticamente todas las hipótesis sostenidas por el fiscal, y enfatizó que, sobre la base de los antecedentes disponibles a esa altura de la investigación, no existían evidencias que probaran que Tomás fue asesinado ni tampoco que J.E.E.E. fue responsable de su deceso.

El martes, tras la decisión del tribunal, el fiscal Ortiz apeló de inmediato, oralmente, por lo que el tío abuelo de Tomás se mantuvo detenido, a la espera de la resolución del tribunal de alzada.

Respecto a la situación del persecutor -que en las últimas 48 horas ha sido foco de amplias críticas respecto de su desempeño profesional- Cartagena explicó que asumió la dirección de la investigación "manteniendo intacto el equipo que ya existía, en específico al fiscal jefe de Arauco, don José Ortiz Jiménez".

DEFENSORA DE LA NIÑEZ: "NO HAY OTRO RESULTADO POSIBLE CUANDO LAS COSAS SE HACEN MAL"

La defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, que durante la última semana expresó varias críticas a la Fiscalía, manifestó tras el fallo de alzada este jueves que "no hay otro resultado posible cuando las cosas se hacen mal".

"Espero que ahora la investigación esté a la altura de lo que Tomás merece, haremos todo lo que desde nuestro rol podamos para lograr verdad y justicia!", prometió en Twitter. 

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