La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un recurso de protección interpuesto por el hogar de ancianos Santa Marta, de Chiguayante, el que buscaba dejar sin efecto un pagaré firmado por la administradora del recinto para que una de las sobrevivientes del incendio que cobró la vida de 10 personas pudiera atender sus quemaduras en el Hospital Clínico del Sur.
El acuerdo sostenido beneficiaba a Lidia Adams, quien tras el siniestro fue derivada al recinto privado con quemaduras en sus brazos y piernas, las que fueron tratadas desde el 18 de agosto hasta el 5 de diciembre recién pasado, gastos que debe pagar la administración de la casa de reposo.
El abogado representante de las hijas de la mujer, Enrique Hernández, dijo que "entendemos que esta sentencia refleja plenamente lo que se llegó en su momento a acuerdo y, por ende, estamos satisfechos con el resultado y nos parece que es lo correcto que se mantenga la vigencia del pagaré firmado por una persona que actúa por el hogar".
Agregó que "entendemos nosotros que ese pagaré contiene la obligación a la cual se adhirió el hogar Santa Marta en base al acuerdo que logró con las hijas de la señora Lidia Adams, esto es hacerse cargo de los tratamientos médicos".
Según estimaciones, la cuenta se eleva por sobre los 30 millones de pesos, los que deben ser asumidos por Rocío Esteban, hija de la administradora, ya que ella pidió un cambio en cuanto a la firma que había puesto su madre, para judicializar el proceso.
A pesar de los reiterados intentos, no fue posible obtener una versión del Hogar Santa Marta.