Infante de marina que atropelló fatalmente a civil post 18-O fue condenado por cuasidelito de homicidio

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Por fallo unánime, la Justicia desestimó que Leonardo Medina sea autor del delito de homicidio en el caso de Manuel Rebolledo, joven de 22 años fallecido en Talcahuano.

La Fiscalía solicitaba una pena de 12 años, pero ahora es más probable que se dicten entre 541 días y tres años de presidio en contra del efectivo.

Infante de marina que atropelló fatalmente a civil post 18-O fue condenado por cuasidelito de homicidio
 ATON (Referencial)

El tribunal dará lectura a la sentencia el 4 de diciembre.

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El Tribunal Oral en Lo Penal de Concepción condenó al infante de marina Leonardo Medina Camaño, imputado por la muerte por atropello del joven Manuel Rebolledo de 22 años, ocurrida la tarde del 21 de octubre del 2019, en el sector Las Pesqueras de Talcahuano.

Si bien el Ministerio Público estimaba que Medina era autor del delito de homicidio, la Justicia desestimó aquello por fallo unánime, condenándolo finalmente por cuasidelito de homicidio por el fatal atropello con el camión militar que manejó en esa jornada del estallido social, bajo el estado de excepción decretado por el Gobierno.

"A través de los medios de prueba incorporados al juicio, no se logró acreditar más allá de toda duda razonable que el acusado Medina Camaño se hubiera representado, en concreto, el resultado lesivo previsible", plantea el tribunal, "descartándose así la existencia de un actuar doloso de su parte en el atropello que le causó la muerte a Manuel Alejandro Navarrete quedando -en todo caso- acreditado que el deceso de este último se debió al actuar culposo del acusado Medina Camaño".

De acuerdo a la Fiscalía, Medina se dirigió en el camión hasta las dependencias de Frigorífico Pacífico por el reporte de saqueos en el lugar, y a su llegada, siguió a un grupo de sujetos que salían del recinto en dirección a la población Libertad de Talcahuano, incrementando la velocidad del vehículo.

Entre los perseguidos estaba Rebolledo, quien mientras caminaba a pie a su domicilio "resbala y cae, siendo atropellado por el camión militar conducido por Medina Camaño, quien frenó a último momento, sin lograr la detención por la velocidad a la que se desplazaba, las características del camión y de la superficie en que transitaba, correspondiente a un terreno irregular adyacente a la calzada que no constituye vía destinada naturalmente a la circulación vehicular".

"Los antecedentes nos daban pie para esa convicción de existir un delito de homicidio -una convicción, reitero, fundada en antecedentes objetivos-, y sin embargo, el tribunal estimó que si bien no procedía la absolución que pretendía el acusado y su defensa, la condena debía hacerla sólo por un homicidio de título de imprudencia o de culpa", explicó el fiscal Julián Muñoz.

Para saber "cuáles son exactamente los fundamentos que tuvo a la vista el tribunal vamos a esperar la sentencia, que se va a leer el 4 de diciembre, porque en esa sentencia va a estar el desarrollo del razonamiento al que arribó el tribunal", agregó el persecutor.

La Fiscalía solicitaba una pena de 12 años en contra del efectivo, pero con el delito establecido por el tribunal se descarta una pena de crimen, por lo tanto, es probable que se dicten entre 541 días y tres años de presidio. Se dará lectura a la sentencia el próximo sábado 4 de diciembre a las 13:00 horas.

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