Licitación que fue aprobada con un voto ejercido vía Whatsapp será llevada a tribunales

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Autor: Cooperativa.cl

Concejales y organizaciones sociales de San Pedro de la Paz recurrieron de protección por convenio que liga a los próximos dos alcaldes a una empresa.

Muncipio señaló que al tratarse de una concesión, no se requiere del quorum.

Licitación que fue aprobada con un voto ejercido vía Whatsapp será llevada a tribunales
 Municipio de San Pedro de la Paz.-

El próximo alcalde y el subsiguiente quedaron "amarrados" a este contrato.

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A la justicia llegó la licitación del servicio de extracción de basura de San Pedro de la Paz, adjudicado el pasado lunes en una sesión extraordinaria de concejo a la empresa Bioclean, en un contrato que alcanza los 18 mil millones de pesos.

El proceso es cuestionado debido a que en dos ocasiones anteriores no se había alcanzado el acuerdo requerido, y ahora, con un voto ejercido vía Whatsapp, se cerró un contrato que excede el actual periodo alcaldicio, y compromete a los próximos dos alcaldes que sean electos.

Acorde a lo expuesto en el recurso, este tipo de convenios que exceden el período alcaldicio requiere una votación de 2/3 en el concejo municipal, sin embargo, en la sesión extraordinaria hubo cinco votos a favor, dos rechazos y una abstención. Lo que cuestionan es el voto del concejal Luis Islas, que indican no participó del concejo y votó por WhatsApp, cambiando su postura anterior de rechazo.

Guillermo Rioseco, abogado recurrente, explicó que "ante la aprobación del concejo municipal sin cumplir con el quórum legal para proceder a la adjudicación por seis años, concejales y dirigentes procedimos a interponer un recurso de protección, con el objeto de que la corte pida informes respecto de la legalidad del acto que se está cuestionando".

"En este caso, la base de cálculo corresponde de nueve votos, corresponde a seis para cumplir con los dos tercios que establece la ley, esa es la infracción e ilegalidad que se estima", agregó.

Lo aprobado considera un pago de 240 millones de pesos mensuales a la empresa Bioclean por los próximos 72 meses.

Versión del municipio

Desde el municipio de San Pedro de la Paz, el administrador Carlos Muñoz, indicó que "acá no hay ninguna ilegalidad, hay que recordar que esta es una concesión, no es un contrato o adjudicación cualquiera, por lo tanto al ser una concesión tenemos que referirnos al artículo 65 letra K de la ley 18.695, que es la que establece que el alcalde requiere el acuerdo de concejo para otorgar concesiones municipales".

"La misma Contraloría, en distintos dictámenes, ha señalado que al tener una normativa especial las concesiones no rige el quorum que está establecido, porque la misma ley no hace distinción del monto de la concesión, por lo mismo rige el quorum de mayoría absoluta de los concejales presentes", precisó.

El recurso de protección se admitió a trámite parcialmente ya que si bien la corte lo dejó por interpuesto, no concedió la orden de no innovar para paralizar el proceso. Sin embargo, dio un plazo de 10 días al municipio para que haga llegar los informes que avalen la legalidad del proceso.

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