La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción y acogió a trámite el recurso de protección interpuesto por GNL Talcahuano contra Gasoducto del Pacífico, siendo obligada esta última finalmente a responder fundadamente el motivo que lleva a no permitir la conexión del terminal de gas natural que se pretende construir en la bahía de Concepción.
En su parte resolutiva el fallo indica que Gasoducto del Pacífico "en el plazo de quince días contados desde que el fallo quede ejecutoriado, se pronuncie conforme a la legislación vigente, de manera fundada, formal, clara, directa, completa y suficientemente, si mantiene o modifica las condiciones señalada en el Certificado de Factibilidad Técnica de fecha 18 de octubre de 2011, respecto del proyecto de la recurrente".
Lo anterior quiere decir que valida el certificado ya emitido, en su momento a Puerto de los Reyes, y que permitía la conexión al sistema, debido a que el fallo no deja dudas de que Inversiones GNL es la sucesora legal.
Mario Rojas, abogado de GNL Talcahuano, expuso que "es un fallo agudo, capta que lo que hay en la Región del Biobío es un mercado que constituye una suerte de monopolio por integración vertical y horizontal, entendió perfectamente que lo que se está jugando en este problema es un asunto muy importante para el país, que tiene que ver con la vigencia efectiva de la libre competencia, de manera de que los precios con que se llega a los usuarios de gas natural no sea un precio extremadamente caro".
"El problema consiste es que en la Región del Biobío, hay un grupo empresarial, CGE, que está integrado de manera vertical y horizontal y controla monopólicamente el mercado del gas natural y eso se traduce en un problema de precio; llega a los usuarios a un valor demasiado alto", añadió.
En definitiva, agrega, "lo que hay por parte de Gasoducto del Pacífico es el bloqueo a la entrada de un actor competitivo al mercado del gas natural para generar un precio más barato".
Este problema, indicó el abogado, fue expuesto a las autoridades del Ministerio de Energía en su momento. "Estoy impresionado de la falta de voluntad de las autoridades políticas y administrativas para que rija verdaderamente en Chile, o al menos en este sector la libre competencia", cerró.
El fallo en sus considerando además estableció que no tiene validez legal el proceso denominado "Open Season" para cumplir con el acceso al sistema de transporte de gas licitado, y llama a no confundir licitación pública del servicio con factibilidad técnica de conexión.
El intendente del Biobío, Sergio Giacaman, dijo que desde "el Ministerio de Energía lo que se está realizando es una licitación del uso del gasoducto, también se está abriendo la cancha para que alla nuevos competidores para que pueda afectar los precios positivamente".