Corte de Talca dio curso a demolición de "toma VIP" de Constitución

Publicado:
| Periodista Digital: Michell Bruguerolles

La sentencia conocida es apelable a la Corte Suprema, pero tiene un plazo de 5 días hábiles.

Corte de Talca dio curso a demolición de
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Corte Suprema debiese pronunciarse en un plazo de 10 días hábiles de ser confirmada la sentencia.

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La Corte de Apelaciones de Talca rechazó un recurso protección presentado por los ocupantes ilegales de la playa de Maguillines, en Constitución, con lo que da luz verde  a la demolición de las estructuras emplazadas desde algunos años en ese terreno fiscal.

Así quedó establecido en fallo de la justicia talquina conocido el viernes pasado y que valoró positivamente el alcalde de Constitución, Fabián Pérez, quien recordó que la municipalidad "asumió hace un año y en este período nos hemos dedicado con mucha fuerza a lograr que este problema se termine de raíz, pensando en que esta "toma VIP" se encuentra en un terreno que es fiscal, que es común, que nos pertenece a todos y a todas, y por lo tanto no puede ser utilizado para fines particulares ni vulnerando la ley".

En su resolución, la Corte de Talca argumentó "que el decreto número 975, de demolición, es legal, ya que municipio es competente para dictar un acto administrativo de ese tenor, en el ejercicio de sus potestades urbanísticas".

Según el tribunal de alzada, los ocupantes de la denominada toma de Maguillines "carecen de derecho de propiedad sobre las construcciones allí emplazadas", confirmando la plena competencia de la municipalidad para ordenar la demolición.

Pérez sostuvo que la corte afirma que la municipalidad se encuentra "legal y válidamente facultada para ordenar la demolición de la obra respectiva a costa del propietario, en este caso el fisco, representado por la Capitanía de Puerto, a quién corresponde cumplir con la demolición".

La sentencia es apelable, pero debe ser elevada a la Corte Suprema, dentro delos 5 días hábiles tras el fallo; pronunciándose el máximo tribunal en no más de 10 días hábiles.

"Todo lo que esté dentro del paño que corresponde al terreno fiscal debe ser demolido", finalizó el el jefe comunal de Constitución.

TOMA VIP DE ANTOFAGASTA

Tras ser consultado por la demora en el proceso judicial, en comparación al proceso similar ocurrido en la playa Huáscar de Antofagasta, el alcalde aclaró que todo pasa por la custodia de los terrenos.

"El terreno de Antofagasta y el terreno de Constitución son terrenos fiscales. ¿Cuál es la diferencia? la custodia. En el caso de Antofagasta la custodia está en manos de Bienes Nacionales. En el caso de Constitución está en manos de la Armada. Bienes Nacionales en dos semanas resolvió el problema porque la delegada presidencial de la región le hace la solicitud a Bienes Nacionales, ellos proceden, se actúa y se ejecuta la demolición", explicó.

Pero, agregó la autoridad, "en el caso nuestro el decreto de demolición lo solicitó el municipio el 24 de febrero presente año y el 15 de marzo la Armada nos responde 'no somos competentes' (para ejecutar el decreto de demolición) y se presenta el recurso de protección en contra las personas naturales. Posteriormente, el día viernes falla la Corte de Apelaciones diciendo de que el municipio 'es competente' para ejecutar el decreto de demolición".

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