A partir de este miércoles 7 de noviembre, las clínicas que quieran hacer efectiva su objeción de conciencia en el marco de la ley de aborto en tres causales deben oficializar sus posturas.
Según lo establece el reglamento publicado el pasado 23 de agosto, los recintos médicos deben manifestar su postura ante las seremis de Salud para que sea reconocida como válida. La autoridad sanitaria regional tendrá 10 días para tramitarlo y entregar una respuesta.
"Dependiendo de si la documentación está completa podemos responder, de lo contrario tenemos más plazo. Una vez que ese documento está autorizado, esa institución empieza a ser objetora de conciencia", explicó al diario La Tercera la seremi Metropolitana, Rosa Oyarce.
Según la autoridad, si el recinto recibe alguna solicitud en ese período, "tienen que revisarlo y si no cuentan con médicos que puedan llevar a cabo la interrupción, tienen que buscar uno fuera o derivar a la paciente".
Los médicos que sean objetores de conciencia individuales también deben formalizar sus posturas ante la dirección de los recintos donde trabajan.
Detalle de clínicas
Durante este martes, según informa el diario, varias instituciones ya se preparaban para cumplir con el procedimiento.
En el caso del Hospital Clínico de la Red de Salud UC Christus, representado por la Pontificia Universidad Católica, aseguró que esperan presentarlo esta semana y que están recopilando los antecedentes estipulados.
Misma situación en que están las clínicas Indisa y de la Universidad de Los Andes, quienes ya habían manifestado la objeción con los protocolos previos objetados por la Contraloría y que deben volver a realizar el trámite.
Algunos centros, como el Grupo Renacer -controlador de la red que incluye a las clínicas Universitaria de Concepción, de Puerto Montt, Chillán y El Loa- aseguraron que están evaluando su postura.
Desde la Red de Salud, que contempla a las clínicas Vitacura, Providencia, Santiago y las regionales de Iquique, Elqui, Valparaíso, Rancagua, Temuco y Magallanes, decidieron no ser objetores.
Establecimientos privados con convenios con el Estado
Las instituciones privadas que mantengan convenios con el Ministerio de Salud mediante el decreto con fuerza de ley 36 de 1980 en prestaciones ginecológicas obstétricas de pabellón, no podrán tener objeción de conciencia institucional, según el reglamento, o tendrán que cesar los acuerdos con el Estado.
Es el caso del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, el Hospital Parroquial de San Bernardo, el Hospital San Francisco de Pucón, el Hospital Padre Bernabé de Lucerna de Panguipulli y la Clínica de Puerto Varas.
El caso más complicado es el del Parroquial de San Bernardo, donde se realizan un 90 por ciento de atenciones de salud pública y donde todos sus médicos -según el recinto- son objetores de conciencia.
En este caso existe un protocolo de derivación al Hospital del Pino de los casos de aborto en tres causales que puedan surgir.