El Ministerio de Salud, a través de un comunicado de prensa, informó que respondió este viernes a la solicitud de Contraloría en torno a la Ley de Aborto y entregó el nuevo reglamento de objeción de conciencia donde se realizaron las "modificaciones pertinentes".
Según el nuevo documento, se indica que "en virtud de lo ordenado por Contraloría, los establecimientos privados de salud que hayan suscrito convenios regidos por las disposiciones del DFL Nº 36 podrán ser objetoras de conciencia siempre y cuando los referidos convenios no contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología".
En ese mismo sentido, la comunicación declara que "los establecimientos públicos tampoco pueden ser objetores".
Además, "no podrá discriminarse arbitrariamente a quienes decidan ser objetores o a quienes no decidan serlo".
Otro de los puntos indica que para personas naturales, "el Ministerio aprobará un formulario en el cual deben manifestar su voluntad de ser objetores" y que la identidad de estas personas "es considerada dato sensible", por lo tanto, "será reservada".
El documento además señala que "siempre cuando esté en riesgo inminente la vida de la madre debe practicarse la interrupción del embarazo, aunque el establecimiento o el profesional sea objetor".
El reglamento entrará en vigencia 15 días después de publicado en el Diario Oficial.