El Ministerio de Salud modificó el reglamento que regula la aplicación de la ley de aborto en tres causales, a objeto de permitir que las instituciones que se declaran objetoras de conciencia puedan mantener convenios vigentes con el Estado, situación que el texto anterior prohibía.
Una resolución del Minsal publicada en el Diario Oficial recuerda que el 22 de enero el Gobierno anterior aprobó el "Protocolo para la manifestación de objeción de conciencia personal y para la objeción de conciencia invocada por instituciones en el marco de lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario", la que fue publicada con fecha 27 de enero de 2018.
Agrega que dicho protocolo "ha sido objeto de diversas interpretaciones jurídicas por parte de las personas e instituciones que deben implementarlo, lo que, en la práctica, podría traducirse en un riesgo para los derechos que se garantizan a las mujeres".
"En ese contexto se hace necesario modificar el Protocolo antedicho, aprobando uno nuevo, con el fin de garantizar el acceso a las prestaciones aseguradas", se lee (ver archivo adjunto).
La resolución de la administración Piñera -firmada por el ministro Emilio Santelices- deja sin efecto el anterior reglamento y lo reemplaza por un documento denominado "Protocolo para la manifestación de objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario".
Al ser consultado por este tema, Santelices dijo que "lo que ha hecho es clarificar que aquellas instituciones que se acogen a la objeción de conciencia no se van a poder ver imposibilitadas de atender pacientes del sistema público por otras causales, cuando eso pacientes lo requieren".
Pérez: Instituciones objetoras deben derivar
Consultada en el Palacio de La Moneda por este asunto, la ministra vocera, Cecilia Pérez (RN), dijo que "la despenalización del aborto en tres causales es una ley que se tiene que cumplir y respetar".
"Con respecto al reglamento que hoy día se dio a conocer, se establece que efectivamente existen instituciones que pueden acogerse a la objeción de conciencia para no practicar aborto en estas tres causales, pero, si así lo hacen, a todas aquellas mujeres que deseen practicarse un aborto aduciendo estas tres causales, (les) deben hacer cumplir el protocolo correspondiente, que dice relación con derivaciones a otras instituciones de salud donde sí puedan, en tiempo concreto, acogerse a esta solicitud, con los respectivos gastos que esto implique, por parte de la misma insistución que se acoge a la objeción de conciencia", respondió Pérez.
"¿Pueden ellos (los objetores) no hacer el aborto? Sí, pero eso significa hacer cumplir el protocolo, derivar a la mujer a otra institución de salud y costear todos aquelloselementos que no son aducibles a la propia mujer (...) Las mujeres que quieran acogerse a una ley que hoy día existe tienen que tener el cumplimiento de ese anhelo por parte de las instituciones, ya sean privadas o públicas", subrayó la vocera, adelantando que el propio Minsal profundizará más tarde en esta cuestión.
Reacciona la oposición
El presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Juan Luis Castro (PS), ya reaccionó y calificó como "inaceptable" la modificación del protocolo, anunciando que, por la vía jurídica, intentará impugnar este cambio.
Castro ya había advertido esta semana que tenía sentido que las instituciones objetoras "no reciban financiamiento derivado del seguro público, para evitar que haya una suerte de colusión".
"¿Qué sucedería si múltiples clínicas o todas las clínicas pudieran, eventualmente, adherirse a la objeción de conciencia y estuviesen recibiendo, en objeción de conciencia, pacientes derivados del sistema público?", cuestionó.