La ministra (s) de Salud, Gisela Alarcón, explicó en Cooperativa cómo funcionará el reglamento que establece la norma técnica nacional de acompañamiento y atención integral, que establece las directrices para implementar la ley de despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.
En conversación con Una Nueva Mañana, la autoridad explicó que "el paquete normativo que implementa la ley de despenalización de la interrupción del embarazo voluntaria en las tres causales consiste en tres grandes documentos o instrumentos para operacionalizar esto, al que se le ha dado más difusión comunicacional ha sido la aprobación del reglamento de las prestaciones que están incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines".
"También hay dos otros instrumentos normativos que hacen que se pueda implementar la ley de la mejor forma, uno de ellos es el protocolo para manifestar la objeción de conciencia, tanto personal como institucional, que sólo requería una resolución exenta de la ministra de Salud", añadió Alarcón.
La secretaria de Estado apuntó que "el tercer documento, que no era una obligación de pasar ni por Contraloría, pero sí nosotros consideramos que era esencial es la norma técnica, este documento en el que está toda la orientación de cómo se trata el acompañamiento y la atención integral a la mujer que se encuentra en alguna de estas tres causales".
A juicio de la ministra, este documento "establece todas las condiciones posibles y cómo se constituyen las causales, cuáles son los medios que se van a utilizar, cómo se realiza la derivación, qué pasa con los objetores de conciencia, qué pasa cuando hay una situación puntual de riesgo de muerte inminente de la madre y todo eso ha sido un trabajo de lujo que ha realizado el Ministerio de Salud".
La directora de la Asociación Chilena de Protección de la Familia (Aprofa), Débora Solís, valoró el nuevo reglamento y señaló que la organización acogerá esta certificación.
"Esto viene a concluir un proceso que cumplió con todo el procedimiento legislativo y fue ratificado por el Tribunal Constitucional. Creo que lo más importante de este reglamentes es el punto de exigibilidad que le otorga a las mujeres al momento de interrumpir o no el embarazo", comentó Solís
Primera causal: Riesgo de vida de la madre
Gisela Alarcón detalló que "se establece en estas 188 páginas, que puede parecer un exceso a lo mejor, todo lo que corresponde hacer, por ejemplo, frente a un riesgo inminente de la madre, ahí no hay objeción de conciencia posible, opera la lex artis y, por lo tanto, en la primera causal sólo estamos hablando de cuando el riesgo de la vida de la madre no es inminente".
"Si es inminente, se señala claramente cuáles son las condiciones para que, primero, se constituya la causal. Independientemente de que una mujer requiera solicitar su interrupción del embarazo, hay que constituir la causal, y la causal se constituye con criterios médicos, clínicos y técnicos de parte de médicos ginecólogos y de especialistas", remarcó.
Segunda causal: Inviabilidad fetal
La ministra (s) también explicó que "en el caso de la inviabilidad fetal, para constituir la causal, por lo menos se requiere de dos opiniones que estén en el mismo sentido y que estén de acuerdo con que el feto es inviable: genetistas, especialistas en la materia, de forma tal que desde ahí constituir la causal".
"Una vez que la causal se constituye viene la voluntad de la mujer. La madre puede decidir mantener su embarazo y va a tener un acompañamiento integral, que puede ser desde el sistema público, que es gratuito y lo vamos a brindar de todas maneras, o también puede ser, lo acaba de aprobar Contraloría, en organizaciones de la sociedad civil que pueden postular a entregar su acompañamiento", agregó.
"La mujer decide si quiere acompañamiento y, además, puede decidir en un momento que no quiere acompañamiento y luego retractarse y pedir el acompañamiento y está todo eso también regulado", remarcó la ministra subrogante.
Tercera causal: Violación
Gisela Alarcón informó que "en el caso de violación, siempre, tanto en una violación de una mujer adulta como de una menor, (...) primero hay que constituir la causal. Para que se constituya la causal hay un grupo multidisciplinario que se constituye en estos grupos de alto riesgo obstétrico que existen en las redes y que tendrá que constituirse también en la salud privada y que definen en 24 horas si la causal se constituye".
"Si la causal se constituye y la mujer decide mantener su embarazo, se le va a acompañar igual como si decide no mantener el embarazo. Si decide mantener el embarazo va a ser acompañada por siquiatras, por sicólogos, por asistente social, se les va a entregar las redes de apoyo, las posibilidades de adopción", relató la autoridad.
La ministra reveló que "si no se mantiene el embarazo y vamos a la interrupción, la obligación legal es mantener en cadena de custodia los restos embrionarios que se obtengan para que sean motivo de prueba para que la Fiscalía haga su trabajo e investigue y encuentre al responsable de esa situación. Igual se le pide a la madre una muestra de ADN".