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Despachan ley que permite a hombres ser carga familiar de las mujeres en las prestaciones de salud

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Autor: Cooperativa.cl

Por 30 votos a favor y cero en contra, la iniciativa fue despachada y quedó lista para su promulgación.

El proyecto establece la calidad recíproca entre ambos cónyuges para efectos de las prestaciones de salud, ya sea Fonasa e Isapres.

Despachan ley que permite a hombres ser carga familiar de las mujeres en las prestaciones de salud
 Pixabay (Referencial)

Con esta ley, los hombres podrán ser carga familiar de las mujeres.

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La Sala del Senado aprobó de forma unánime el proyecto que establece que mujeres y hombres, indistintamente, puedan ser carga de sus cónyuges para efectos de las prestaciones de slaud que otorga la ley, tanto en el sistema público como en el privado.

Por 30 votos a favor y cero en contra, la iniciativa fue despachada y quedó lista para su promulgación.

De esta forma, los hombres podrán ser carga familiar de las mujeres, ya que el proyecto establece la calidad recíproca entre ambos cónyuges para efectos de las prestaciones de salud, poniendo fin a la arbitrariedad en que solo las mujeres eran las cargas

La impulsora del proyecto, la diputada socialista Maya Fernández, indicó que "parte de la lucha del feminismo es terminar con estas discriminaciones y roles asignados ¡Será ley!".

"Ya en acuerdo de Unión Civil los hombre pueden ser carga de las mujeres en el sistema de salud, pero no así en los matrimonios, por eso presentamos este proyecto de ley para que en los matrimonios también el hombre pueda ser carga de la mujer en la isapre o fonasa", explicó Fernández. 

"Esto busca igualdad, romper con este mito que somos las mujeres que necesitamos ser protegidas permanentemente -explicó- Un hombre podría quedarse en la casa a cargo del cuidado de los hijos mientras la mujer trabaja".

"Esto le permite a los hombres participar y estar en la crianza de hijos e hijas", destacó. 

"VIENE A ZANJAR LA DISCRIMINACIÓN"

La diputada Erika Olivera (RN), además, señaló que esta ley viena a "zanjar" la discriminación que ocurría respecto a las cargas de salud de los cónyugues.

"Muchos hombre han quedado sin trabajo. Ante una emergencia la mujer va a poder asumir el costo que tiene algún tratamiento o asistencia en cuanto a salud. Lo importante es que, después de muchos años, el proyecto se haya aprobado, que hoy día sea ley y que viene a zanjar esta discriminación que ocurría en cuanto a la carga que de salud que pueda tener el cónyugue", valoró la parlamentaria.

¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?

El proyecto establece que, para los efectos del Régimen Público de Salud y del Sistema Privado de Salud (es decir, Fonasa e Isapres), cualquiera de los cónyuges ser carga del otro dentro un matrimonio celebrado en la forma establecida por la ley.

Anteriormente, dentro de las causantes de la asignación familiar, podían ser carga la cónyuge o el cónyuge en situación de invalidez, pero ahora podrá ser cualquiera de los dos, independiente de su condición

Además se mantiene como causante de carga familiar los hijos y los adoptados hasta los 18 años, y los mayores de esta edad hasta los 24 años y los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos.

Como también la madre viuda, los ascendientes mayores de 65 años y los niños huérfanos o abandonados.

Patricio Fernández, superintendente de salud, explicó que será "obligatorio para la isapre aceptar como carga al marido dentro del plan de salud".

"Asimismo, en el caso de los beneficiarios de Fonasa, esta situación también se resuelve, por ende estamos garantizando cobertura para las familias, estamos mejorando el acceso a la salud y, sobre todo, estamos avanzando en proyectos que van superando todas aquellas brechas de género que tenemos en nuestra legislación", agregó la autoridad.

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