Corte confirmó multa a clínica por condicionar atención de urgencia al pago de un millón de pesos
Los recintos de salud no pueden exigir, de forma previa, que se cancele "una prestación que no se ha otorgado y cuyo monto aún no se encuentra determinado", recordó el tribunal de alzada de Santiago.
Rechazó, por igual motivo, rebajar la sanción de 500 UTM impuesta por la Superintendencia al Hospital Clínico de la Universidad de los Andes.
El fallo fue unánime y ratificó la medida tomada por la Superintendencia de Salud.