La Corte Suprema ratificó una sentencia que condenó al Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio a pagar una indemnización total de 250 millones de pesos a los familiares de un paciente que en marzo de 2015 murió por falta de atención en el Hospital Carlos van Buren, recinto al que concurrió tras ser mordido por una araña de rincón.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó un recurso de casación deducido contra la sentencia anterior, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que condenó al organismo por no aplicar el tratamiento recomendado en las guías clínicas para este tipo de casos.
Los jueces dieron por establecido que Cristofer Miño Ríos fue picado por una araña de rincón el 7 de marzo de 2015 y que, portando el referido artrópodo (como se recomienda), concurrió al servicio de urgencias del Hospital Carlos Van Buren.
"En dicho servicio no se cumplió el procedimiento establecido en la 'Guía Clínica para el Manejo de Mordedura de Araña de Rincón Loxosceles Laeta de Agosto de 2004', pues el paciente no fue sometido a un período de observación de 4 a 8 horas después de su ingreso, como allí se indica, ni se le practicaron los exámenes de orina y de sangre previstos en ella", señala el fallo.
Asimismo, los ministros "tuvieron por demostrada la existencia de la relación causal que debe mediar entre el hecho constitutivo de la falta de servicio atribuida al demandado y el resultado dañoso padecido, toda vez que la falta de observación aludida más arriba expuso al paciente al riesgo que más tarde lo llevó a la muerte".