La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la isapre Cruz Blanca otorgar cobertura adicional a una intervención de espina bífida intrauterina, negada inicialmente por la empresa.
La Séptima Sala del tribunal de alzada acogió un recurso de protección de una pareja que denunció no haber obtenido la Cobertura Adicional de Enfermedad Catastrófica (CAEC) para la operación.
El CAEC es un beneficio adicional al plan de salud del afiliado a una isapre, que permite financiar hasta un 100 por ciento de los gastos derivados de atenciones de alto costo, según un decreto del Ministerio de Salud.
Una de las patologías que son cubiertas son las disrafias espinales, que comprenden una anomalía en el desarrollo del tubo neural, ya sea cerradas o abiertas, que pueden traer malformaciones en el desarrollo embrionario y que necesita procedimiento urgente.
Según el tipo -cerrado o abierto- el procedimiento debe realizarse pasadas las 72 horas del parto, de lo contrario las consecuencias son más graves.
Cuando la denunciante decidió mantener su embarazo, amparada en su derecho de libertad personal, no puede ser obligada a hacerlo bajo el diagnóstico de dicha enfermedad, sabiendo que existe una posibilidad concreta de alcanzar un diagnóstico que mejora las expectativas de su hijo en gestación.
Ante esto se acogió el recurso de protección de Stephanie Vargas Avalos y Maximiliano Rojas Vargas contra la isapre Cruz Blanca, y se dispuso que la empresa deberá otorgar la cobertura para cubrir la cirugía intrauterina en espina bífida practicada el 27 de octubre pasado y los costos postoperatorios.