Corte Suprema ordena a isapre afiliar a persona con enfermedad preexistente
El máximo tribunal argumentó que la elección del sistema de salud se encuentra amparada en "la esencia del derecho constitucional".
El máximo tribunal argumentó que la elección del sistema de salud se encuentra amparada en "la esencia del derecho constitucional".
La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a la isapre Nueva Masvida S.A. afiliar a una persona que había sido rechazada por otras cuatro isapres por presentar enfermedades preexistentes.
En un fallo dividido la Tercera Sala del máximo tribunal estableció un actuar "arbitrario e ilegal" en las cuatro instituciones privadas de salud que rechazaron al demandante.
El fallo de la Suprema establece que "es posible concluir que nuestro sistema jurídico consagra el derecho de las personas a elegir libremente el sistema de salud público o privado al que desee acogerse".
"No lo es menos que la libertad de contratación de ésta encuentra límite en la esencia del derecho constitucional a elegir libremente el sistema de salud, sea estatal o privado", enfatizó el escrito.
"Atendido lo anterior, procede acoger la presente acción cautelar y disponer que la última de las Isapres a la que el actor solicitó su incorporación -Nueva Más Vida S.A.- deberá incorporarla como afiliado, por cuanto se debe entender a estos efectos que al tratarse de la última de las peticiones de incorporación, es la única manifestación de voluntad en tal sentido que no se ve dejada sin efecto por otra posterior y que, por ende, se encuentra actualmente vigente", concluye el informe.
Esta es segunda vez que el máximo Tribunal falla de esta forma, el primer caso se dió en octubre del año pasado cuando la Corte Suprema ordenó a la isapre Consalud S.A. a incorporar a una madre e hija a un plan de su elección, tras haber sido rechazadas, en primera instancia, debido a que la menor presentaba una patología que la firma consideró de alto riesgo.