Corte Suprema ordenó a isapre para otorgar cobertura por VIH/Sida
Tribunal confirmó sentencia contra Superintendencia de Salud que visó desafiliación del recurrente de Banmédica.
La Corte Suprema falló a favor del demandante.
Tribunal confirmó sentencia contra Superintendencia de Salud que visó desafiliación del recurrente de Banmédica.
La Corte Suprema falló a favor del demandante.
La Corte Suprema ratificó fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó a la isapre Banmédica a otorgar cobertura de salud a un cotizante con VIH-Sida.
En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Héctor Carreño y Carlos Cerda (suplente); además de los abogados integrantes Guillermo Piedrabuena y Alfredo Prieto, confirmaron sentencia contra la Superintendencia de Salud que visó la desafiliación de la isapre del recurrente, porque, supuestamente, no declaró la patología como enfermedad prexistente.
En la causa, la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Jorge Dahm, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante David Peralta- había determinado el actuar arbitrario de la autoridad sanitaria al negar la cobertura de salud.
"Revisando la actuación del recurrente, se advierte que de una atención médica por dolores de espalda, que es previa a la declaración de salud que le exigió la Isapre, le fueron requeridos una serie de exámenes, dentro de los cuales se incluía el necesario para detectar el virus de la inmunodeficiencia humana, el que por su condición, es confidencial", señala el fallo.
"Se acoge el recurso deducido a fojas 63 en contra de la resolución que dictó la Superintendencia de Salud por el árbitro arbitrador Ana María Andrade Warnken, la que se debe dejar sin efecto, ordenando restablecer el plan de salud correspondiente al recurrente, respecto del cual la Isapre se encuentra impedida de ponerle término anticipado al contrato, basado en los hechos que fundaron la decisión de la recurrida y debe en consecuencia, otorgar la cobertura de salud respecto de la patología conocida como Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. V.I.H/SIDA", añade la resolución.