El exsuperintendente de Salud Manuel Inostroza (2005-2010) afirmó que la ley corta de isapres despachada el lunes por el Congreso no soluciona la crisis de dicha industria, sino que sólo la posterga hasta el próximo gobierno.
Con la normativa "se le dio estabilidad (al sistema) en el corto plazo, si no hubiéramos aprobado esta ley, claramente la crisis y quiebra de las isapres se hubiera producido, como ya estaba anunciando el superintendente (Víctor Torres), en junio o julio de este año", apuntó el académico de salud pública de la Universidad Andrés Bello.
Aprobada la ley, "esto (el colapso) lo corremos para un año y medio o dos años, pero faltó haber recalculado correctamente la deuda, evitar esta nueva fuga que va a haber de afiliados y haber hecho las reformas a las injusticias que tenía el sistema isapre".
"Como eso no se hizo, yo creo que corriste la crisis, ganaste un año, un año y medio, pero corriste la crisis y, en el fondo, se la estás chuteando al próximo gobierno", añadió Inostroza, militante de Amarillos y director de la isapre Esencial.
"PERDONAZO Y SALVATAJE"
A las críticas se sumó, desde otra perspectiva, el economista y académico de la Universidad de Santiago David Debrott, quien afirma que acá "hay un perdonazo y hay un salvataje".
En la ley corta quedó una disposición que habilita a las aseguradoras a adecuar los precios de sus planes base sin un mecanismo de contención dentro del Indicador de Costos de Salud (ICSA) en los próximos tres reajustes anuales. Con esto, las alzas de planes podrían ser mayores durante los años 2025, 2026 y 2027.
"El monto de la deuda, que se estableció claramente en el fallo (de la Corte Suprema), se está vulnerando, se va a pagar menos. Puede haber alzas que van a tener un tope, por cierto, pero son alzas extraordinarias, están por arriba de lo que la regulación establece, hasta el año 2027. Y adicionalmente, les permite agregar una prima que no existía en la práctica. (En consecuencia) el pago de la deuda, lo van a hacer los mismos afiliados que habían sido beneficiados" con la sentencia, afirma Debrott.
Respecto al modo en que la industria deberá devolver los dineros cobrados en exceso, se determinó que, en términos generales, podrá hacerse hasta en un plazo de 13 años, excepto para las personas mayores de 65, donde este plazo se reduce a cinco; y para los de 80 quedó establecido en dos.
"Las isapres van a tener que presentar un plan de pago donde van a exponer el número de contratos que están afectos a devolución, el monto de la devolución por cada contrato, por cada persona, y la forma cómo se va a efectuar la devolución, que, según la ley, va a ser a través de excedentes", explicó el exsuperintendente de salud, académico y abogado Patricio Fernández.
"También está la posibilidad del llamado Pronto Pago: esto es que las isapres hagan uso de la posibilidad de pagar anticipadamente el monto de la deuda a través de un pago único que va a estar afecto a un descuento de un máximo que podría llegar a ser un 35 por ciento", señaló el experto.
La ley corta crea, además, una nueva modalidad de cobertura complementaria para los afiliados de Fonasa: quienes estén en los grupos B, C y D podrán optar a un seguro complementario para aumentar su protección financiera en prestadores privados.