¿Quiénes recibirán las devoluciones de las isapres?
La ley corta incluye la posibilidad de que las aseguradoras privadas ofrezcan una devolución anticipada y en efectivo, pero a cambio de un descuento.
La ley corta incluye la posibilidad de que las aseguradoras privadas ofrezcan una devolución anticipada y en efectivo, pero a cambio de un descuento.
Con la ley corta de isapres aprobada, ahora se debe iniciar el camino para concretar la implementación del fallo de la Corte Suprema y con ello avanzar hacia la devolución a aquellos que les cobraron en exceso.
La Superintendencia de Salud emitió la primera de varias circulares donde se instruye a las aseguradoras a aplicar la tabla única de factores a partir del 1 de septiembre de este año.
Así, para que las aseguradoras restituyan los dineros a sus afiliados hay un extenso calendario que incluso no tiene una fecha todavía fijada.
En términos normales, esta podrá hacerse a más tardar en 13 años de plazo, excepto con las personas mayores de 65, donde este plazo se reduce a 5 años, mientras que para mayores de 80 quedó establecido en 2.
El texto incluye la posibilidad de que las aseguradoras privadas ofrezcan una devolución anticipada y en efectivo, pero a cambio de un descuento.
El cálculo de las devoluciones no debe considerar los montos ya restituidos mediante el régimen de excedentes, mientras que el alza extraordinaria se va a materializar mediante una prima extraordinaria que va a considerar los costos operacionales, costos no operacionales y medidas de contención de los costos.
Aún no es necesario hacer algún trámite o confirmar si estás entre las personas afectas a este reembolso. El itinerario contempla que ahora las isapres elaboren el listado de afiliados y afiliadas que entrarán en este plan de devoluciones y los montos que están afectos.
Una vez que eso ocurra, se podrá consultar la situación particular, aunque debería llegar la información al mail con el que se está suscrito a la información de la isapre.
Luego de eso, los afiliados tendrán la posibilidad de elegir entre el sistema de excedentes, que se podrá usar como se estime conveniente, o de lo contrario, allanarse un pago en efectivo que tendrá un descuento. Es decir, es parte de una solución que todavía está en proceso.
Patricio Fernández, ex superintendente de salud, explicó que "las isapres van a tener que presentar un plan de pago donde va a exponer el número de contratos que están afectos a devolución, el monto de la devolución por cada contrato, por cada persona y la forma como se va a afectar la devolución, que según la ley va a ser a través de excedentes y también está la posibilidad del llamado pronto pago".
"Esto es -agregó- que las isapres hagan uso de la posibilidad de pagar anticipadamente el monto de la deuda a través de un pago único que estará afecto un descuento de un máximo que podría llegar a ser un 35 por ciento".
La proyección es que recibirán estas devoluciones alrededor de un tercio de las personas afiliadas a estas aseguradoras de salud privada.
El número son más de dos millones y medio de personas las que están afiliadas y por ende alrededor de 700.000 calificarían, ya que fueron afectadas por estos cobros excesivos.
Algunas pistas: Fíjate cuándo contrataste tu plan, ya que el límite es abril de 2020, cuando se emitió la circular en la tabla única de factores. Desde esa fecha hacia atrás correspondería el pago en caso de no tener como corresponde esta tabla.
No hay entonces una fecha pactada para que se inicie la devolución de los cobros excesivos, pero sí hay una fecha a la que debes poner atención. A partir del 1 de septiembre se debe ya comenzar a adecuar esta tabla de factores.
Escucha el podcast de Rafael Pardo: