La Corte Suprema ratificó y ordenó a la isapre Masvida asumir una serie de sanciones aplicadas por la Superintendencia de Salud en contra de la institución privada por negarse a dar coberturas o disminuir las mismas a distintos afiliados.
En un fallo unánime, la sala mixta, que también este tipo de situaciones, rechazó cinco recursos de queja presentados contra el ente fiscalizador público.
Según las sentencias, la Superintendencia de Salud no cometió falta o abuso grave al aplicar sanciones por no otorgar Masvida coberturas en 100 por ciento en clínicas específicas, según el reclamo de ciertos afiliados; no cubrir el tratamiento de otro que padece VIH-Sida; cambiar los planes por modificación de rango etáreo, entre otras materias.
La Suprema desechó las reclamaciones de la isapre en contra de las decisiones que emitió, en su momento, un juez arbitrador -el intendente de Fondos y Seguros Provisionales- y que luego fue ratificado por la entonces superintendenta de Salud, Liliana Escobar, durante el Gobierno de Sebastián Piñera.
El Corte dice que por errores procesales fueron desechados los recursos de queja y, además, reafirma la misión de los jueves arbitradores en el marco de la relación entre estas instituciones de salud previsionales y el órgano público que los regula y fiscaliza.