En fallo unánime, los ministros de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan Escobar, Gloria Ana Chevesich y el abogado integrante Jaime Guerrero determinaron que la empresa Aguas Andinas deberá pagar un total de 1.066 millones de pesos de indemnización a los pobladores de la Villa Alto Jahuel de Pudahuel, quienes entre los años 2003 y 2005 se vieron afectados por las emanaciones tóxicas de la planta de aguas servidas La Farfana.
El tribunal de alzada dictaminó que la sanitaria debe pagar dos millones de pesos a cada uno de los 533 vecinos que la demandaron colectivamente por "falta de servicio y actuar negligente" en la operación de la planta de tratamiento, "lo que provocó una serie de episodios de emanaciones de malos olores".
El fallo establece que en el proceso "se acreditó que los digestores de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas La Farfana presentaron problemas de funcionamiento a principios de diciembre de 2003, por lo que la capacidad de digestión de los lodos se vio reducida en un 50 por ciento; razón por la cual los lodos no tratados en los digestores se depositaron en la cancha de secado, generándose durante dicho mes malos olores que emanaban de aquellos, lo que afectó a los habitantes de inmuebles aledaños".
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Un fallo anterior obligaba a la empresa a desembolsar 2.500 millones en indemnizaciones. (Foto: UPI) |
"Los episodios de mal olor que se originaron por problemas en el manejo de los lodos se presentaron tenuemente y de manera intermitente o discontinua durante el año 2004", y "como Aguas Andinas S.A. no fue diligente al operar los digestores, pues los sobrecargó con los lodos que su planta producía -lo que provocó problemas en su funcionamiento, depositando los fangos no tratados en la cancha de secado en volúmenes y periodos excesivos- se debe concluir que los episodios de mal olor se produjeron por culpa de la demandada", consigna la resolución.
Así, se desestimó la argumentación de un hecho "fortuito" realizada por la firma, "ya que los episodios de mal olor se generaron, en definitiva, por la manipulación negligente de los digestores", recalca el dictamen.
Cabe recordar que en primera instancia el juez del 18° Juzgado Civil de Santiago Ricardo Núñez había determinado un pago de cinco millones de pesos para cada uno de los demandantes, monto que no fue considerado satisfactorio por los demandantes y que ahora fue rebajado por el tribunal de alzada.