AFC: Empleadores deben suscribir nueva suspensión laboral para mantener beneficios
Los trabajadores no podrán recibir el sexto pago si no realizan el proceso.
El formulario está disponible en el sitio web de la entidad.
Los trabajadores no podrán recibir el sexto pago si no realizan el proceso.
El formulario está disponible en el sitio web de la entidad.
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC Chile) informó que los empleadores deben suscribir una nueva suspensión laboral para extender los beneficios de sus trabajadores.
La decisión se debe a un oficio emitido el 3 de noviembre por la Superintendencia de Pensiones, en que se explica que los trabajadores que hayan recibido su quinto y último giro en agosto y que sus contratos estén suspendidos por la Ley de Protección del Empleo, no podrán recibir nuevos pagos si no realizan nuevamente el proceso.
Los interesados en realizar el trámite deben dirigirse al sitio web pactos.afc.cl, teniendo en cuenta que si la suspensión es de mutuo acuerdo el límite de la prestación es de siete giros, mientras que si es por acto de autoridad se extiende a 10 meses.
Al ser ingresada la solicitud, el empleador y el afiliado serán notificados por AFC sobre las evetuales fechas de pago.