Por 105 votos a favor y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley del Ejecutivo sobre conciliación de la vida laboral, familiar y personal, el que quedó ahora en condiciones de ser promulgado.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró el respaldo de los parlamentarios al proyecto: "Esta aprobación del Congreso da cuenta de que somos capaces de construir grandes acuerdos y atender las necesidades ciudadanas como una prioridad".
La ley, además, está en línea con la necesidad "de fortalecer el empleo de las mujeres y a contribuir a tener mayor autonomía y capacidad para poder compatibilizar la vida laboral, la vida personal y la vida familiar", dijo la secretaria de Estado, quien detalló que la norma entrará en vigencia 30 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial.
Según el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, son más de 300 mil las trabajadoras contratadas bajo el Código del Trabajo que van a poder optar a los beneficios de la ley.
Los contenidos del proyecto de conciliación de vida personal y laboral
El Ejecutivo detalló que "el proyecto de ley establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita".
Quienes podrán acceder serán las o los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida; siempre que se trate de cuidados no remunerados.
La propuesta también reconoce derechos laborales destinados a favorecer la conciliación de la vida familiar, como el derecho al uso preferente del feriado legal, estableciendo que las y los trabajadores que tengan a su cuidado a un niño o niña menor de 14 años o un adolescente menor de 18 años con una discapacidad tendrán derecho a solicitar el feriado legal durante el periodo de vacaciones establecido por el Ministerio de Educación, debiendo analizar su solicitud en forma preferente a aquellas personas sin estas responsabilidades.
De igual modo, reconoce el derecho a solicitar ajustes de sistemas de turnos. Es decir, las y los trabajadores que se encuentran en los presupuestos descritos tienen el derecho, durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación y cuando la naturaleza de las funciones lo permita, a solicitar que se modifiquen transitoriamente turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante dichos periodos.
Nuevos principios en el Código del Trabajo
Asimismo, la ley incorpora al Código del Trabajo los siguientes principios:
- Parentalidad positiva: Incluye las capacidades prácticas y funciones propias de las y los adultos responsables para cuidar, proteger, educar y asegurar el sano desarrollo de sus hijos e hijas
- Corresponsabilidad Social: Comprende la promoción en la sociedad de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, especialmente de quienes trabajan y ejercen labores de cuidado no remunerado
- Protección a la maternidad y paternidad: Busca promover la igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y hombres, preservando tanto la salud y bienestar de los niños y niñas como el de sus progenitores y progenitoras
La nueva norma, criticada por agrupaciones de trabajadoras del sector público, pues no las incluye por su dependencia fiscal, es celebrada desde organizaciones como la Fundación YoQuieroEstar.
"Estamos sumamente emocionadas del impacto que la ley tendrá en la vida de muchas mujeres, hombres, niños y niñas. Que este proyecto no haya tenido ningún voto en contra demuestra que se puso al centro la familia, el bienestar de los trabajadores y el progreso del país. Si bien celebramos, seguiremos trabajando para la incorporación de las 17 mil madres y padres del sector público", dijo Verónica Campino, cofundadora de la ONG.