La Presidenta Michelle Bachelet promulgó la ley que extiende a los padres trabajadores el derecho de alimentar a sus hijos y perfecciona normas sobre protección de la maternidad.
En la ceremonia, en la cual también participó la ministra del Trabajo, Javiera Blanco, se dio luz verde a esta norma que fue aprobada el pasado 1 de julio en el Congreso, luego de siete años de tramitación.
"Nuestro desafío primero es dejar de considerar la crianza de los niños como un mayor costo laboral porque antes que nada es una inversión en cualquier país que se proyecta y ello implica abandonar las discriminaciones hacia la mujer que trabaja remuneradamente", dijo en la ocasión la Presidenta Bachelet.
"Podemos afirmar -añadió la Mandataria- de que vamos en la dirección correcta para construir una patria con oportunidades cada vez más equitativa para los trabajadores y trabajadoras".
A su vez la ministra Blanco resaltó que "todos los niños menores de dos años, respecto a los cuales las madres hoy día tienen estos permisos para alimentación de una hora al menos al día, también pueda ser utilizados por el padre".
"Recordemos que estos permisos que operan después del postnatal, a partir de los seis meses y hasta cuando el hijo o hija tiene dos años, permite que la madre pueda hacer uso, ya sea para llegar media hora más tarde, o irse media hora antes, o hacer uso de esa hora durante la jornada, hoy además estamos hablando que este uso también lo hará el padre", recalcó la titular del Trabajo.
Entre las disposiciones de la ley destacan:
- Se extiende al padre trabajador el derecho de disponer de, a lo menos, una hora al día, para alimentar a sus hijos menores de 2 años.
- La extensión de este derecho, debe ser acordada por ambos padres trabajadores, comunicada por escrito a ambos empleadores con 30 días de anticipación mediante documento escrito firmado por padre y madre, del que se tendrá que enviar copia a la Inspección del Trabajo respectiva.
- El derecho de alimentación, podrá ser ejercido por el padre en cualquier momento dentro de la jornada; dividido en dos porciones o; postergando o adelantando en media hora el inicio o término de la jornada.
- El derecho puede ser ejercido preferentemente en la sala cuna o donde se encuentre el menor.
- El tiempo de alimentación (al menos una hora) se considera trabajado por el padre.
- Este derecho es irrenunciable y se le aplica a todos los trabajadores, aun cuando no gocen de derecho a sala cuna en su lugar de trabajo.
- Este derecho se extenderá a quienes tengan la tuición de un menor por sentencia judicial, así como a aquellos que tengan la tuición o cuidado de acuerdo a la Ley de Adopción o como medida de protección conforme a la Ley de Menores, extendiéndose también este derecho a sus conyuges.