Antes de fin de año se prevé que el Gobierno ingrese su reforma laboral al Congreso, iniciativa con la que pretende reemplazar artículos que impulsó la Administración de Michelle Bachelet.
De acuerdo con Pulso, en el Ministerio del Trabajo ya redactan los últimos puntos de la "Modernización Laboral" con la que se busca, entre otros objetivos prioritarios del Presidente Sebastián Piñera, generar certidumbre en el empresariado para así poder cumplir las metas de crecimiento económico, creación de empleos e inversión.
El mismo medio apunta que a esta altura se están incorporando las recomendaciones de la mesa técnica que convocó la propia cartera, que contó con 13 expertos entre académicos, economistas y abogados, que terminó el lunes pasado.
Los principales puntos
Entre estas hay acuerdos mayoritarios que tienen relación con el artículo 345 del Código del Trabajo, que prohíbe el reemplazo de los huelguistas y señala que la huelga no afecta la libertad de trabajo de los trabajadores no involucrados en ella, ni la ejecución de las funciones convenidas en sus contratos de trabajo.
En ese marco, la mesa técnica pidió precisar y especificar en cuáles sectores aplica el actual artículo 403, que establece que el empleador tiene la facultad legal de modificar los turnos y horarios de trabajo y realizar las adecuaciones necesarias para asegurar que los trabajadores que no participan de la huelga puedan ejecutar sus funciones; los expertos consideran que en la práctica puede ser reemplazo en huelga.
Sugirieron también analizar la extensión de beneficios históricos para todos los trabajadores, además de regular y explicitar los grupos negociadores, para que ambos puntos vayan en la línea del fallo del Tribunal Constitucional de 2016 y que fue obviado en la reforma de Bachelet.
En su resolución, el TC facultó la coexistencia de grupos negociadores paralelos, contrario a la norma impulsada por el entonces Gobierno, que pretendía que los sindicatos fueran la única organización autorizada para llevar adelante negociaciones colectivas al interior de las empresas.
En esa línea, el organismo declaró inconstitucional la extensión automática de beneficios por afiliación al sindicado y estableció que antes de una negociación colectiva deberá existir siempre un acuerdo entre los trabajadores y las empresas para ello.
Se espera que durante las próximas dos semanas se intensifiquen las reuniones de Piñera con el Ministerio, con el objetivo de afinar los últimos detalles del proyecto y así cumplir con los plazos autoimpuestos.