La aerolínea Latam detuvo durante el 2023 alrededor de 17 vuelos por falsos avisos de bombas, de los que 12 ocurrieron en Chile, dos en Brasil, dos en Perú y uno en Argentina, los que activaron un estricto reglamento.
"Este tipo de acciones son un problema no menor en la industria, desde que el tema se volvió muy sensible con el caso de las Torres Gemelas en Nueva York. Todos los sistemas de seguridad desde entonces se estresaron y volvió un asunto muy delicado", señaló Enrique Rosende, director de seguridad operacional de la empresa a Las Últimas Noticias.
"En 2023 tuvimos 17 amenazas, ninguna de las cuales era real, pero que obligaron a activar protocolos, más allá de quien la haya hecho", y explicó que los avisos "suelen hacerlos pasajeros que tienen algún problema con su equipaje, cuando se lo piden y no quieren entregarlo o cuando se les dice que debe ir en bodega".
Rosende enfatizó a dicho medio que ante cualquier insinuación o verbalización de bomba, "el operador debe alertar a la autoridad aeroportuaria (Dirección General Aeronáutica Civil) para que se activen los protocolos".
"Si el avión está en el puente, porque va a salir, se detiene el embarque, se aísla a la persona que hizo esa amenaza, se va a buscar su equipaje y se revisa con personal especializado; si el avión ya está con las puertas cerradas, se lleva a un lugar aislado, donde se baja a los pasajeros y el equipaje para que sea revisado con un detector de explosivos, con perros", detalló.
Asimismo, si ocurriera en el aire aclaró que "el protocolo obliga a la tripulación a informar a la autoridad y buscar el aeropuerto más cercano donde se activan todos los procesos de seguridad".
Dichas operaciones, señala, pueden tardar entre tres y cuatro horas, afectando a 200 o más pasajeros y en la mayoría de los casos obligan a suspender el vuelo.
En tanto, la persona que hizo el anuncio es detenida y debe enfrentar a la Justicia. Los abogados Ciro Colombara y Constanza Muñoz, declararon a LUN que se "incurre en el delito de falso aviso de incendio, calamidad o emergencia y en el de desórdenes públicos, previsto en el artículo 268 bis del Código Penal".
En ese sentido, las penas van desde reclusión menor en su grado mínimo, es decir de 61 a 540 días, mientras que si producto del aviso se impidiera o dificulte el trabajo de Bomberos o servicios de utilidad pública, la pena es de presidio menor, de grado mínimo a medio, es decir desde los 541 hasta 3 años y un día.