Martín Larraín cumplirá su pena en libertad
El Tribunal de Cauquenes otorgó la remisión condicional de la pena de 540 días de cárcel.
Se le suspendió la licencia por dos años.
Martín Larraín no acudió a la lectura de la sentencia.
El Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes comunicó este mediodía la sentencia en contra de Martín José Larraín Hurtado por el mortal atropello de Hernán del Carmen Canales Canales, ocurrido la madrugada del 18 de septiembre de 2013 en la comuna de Pelluhue, en la Región del Maule.
Larraín fue declarado culpable por cuasidelito de homicidio el pasado 11 de julio, mientras sus amigos Sofía Gaete Ramírez y Sebastián Edwards Grez fueron absueltos de la acusación por el delito de obstrucción a la investigación, pese a que se constató que prestaron una falsa declaración a Carabineros afirmando haber sido testigos de que Canales había sido atropellado por una camioneta blanca (ellos viajaban en el jeep amarillo del imputado).
En la lectura de sentencia –a la que no asistieron los acusados- la Corte comunicó la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo para Larraín, pero en virtud de la Ley 18.216 se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
El hijo del ex presidente de Renovación Nacional Carlos Larraín cumplirá, así, su condena en libertad, quedando sujeto al control de Gendarmería; salida que se consideraba previsible debido a su "irreprochable conducta anterior".
Como pena accesoria se le impuso a Martín Larraín la suspensión del permiso de conducir por dos años, "sirviéndole de abono" el tiempo que ha permanecido ya con dicha medida cautelar, desde el 9 de mayo de 2014, equivalente a 71 días.
Ninguna de las partes -ni Larraín ni la Fiscalía- fue condenada al pago de las costas del juicio.
El tribunal comunicó que la sentencia tiene un total de 194 páginas, de las cuales la jueza Darina Contreras leyó sólo "la parte resolutiva".
Fiscalía estudiará pedir nulidad
Juan Pablo Pereira, fiscal jefe de Cauquenes, reaccionó a la sentencia resaltando la "insatisfacción" de la parte acusadora, si bien los 540 días son la máxima pena que señala la ley para el cuasidelito de homicidio.
"Nuestra tesis siempre fue el manejo en estado de ebriedad. No lo pudimos acreditar, así que no podemos estar satisfechos", dijo Pereira, quien no descartó la posibilidad de pedir la nulidad del juicio.
"Hay que dar lectura al fallo para establecer si hay alguna causal de nulidad que nosotros podamos utilizar, eso va a estar en estudio" dentro de los próximos 10 días, indicó.
Pereira también reconoció el "gran mérito de la Policía de Chanco frente a una persona que directamente se dio a la fuga (Larraín)".
"Si él no hubiera sido detenido en Cauquenes, si hubiera tomado la Ruta 5 Sur, ésta causa habría sido impune, habría sido una causa archivada", señaló.