La nueva etapa de la ley que regula la labor de las trabajadoras de casa particular
Ruth Olate explicó en Cooperativa los principales alcances de esta medida.
Actualmente hay alrededor de 350 mil empleadas de casa particular en Chile.
Ruth Olate afirmó que la implementación de esta nueva etapa "ha ido lenta".
La presidenta del sindicato de trabajadoras de casa particular, Ruth Olate, comentó en Una Nueva Mañana de Cooperativa la segunda etapa de la normativa que regula la jornada laboral y los descansos de su labor, que comenzó a regir este lunes.
Actualmente hay alrededor de 350 mil empleadas de casa particular en Chile, que reciben cerca de 250 mil pesos de sueldo mensual como promedio.
Al ser consultada por la implementación de esta segunda etapa, Olate explicó que "ha ido lenta, pero al menos se ha hecho un trabajo bastante bueno en cuanto a los empleadores que han depositado los contratos escriturados en la Inspección o la Dirección del Trabajo. Con eso ya estamos avanzando y eso es bueno".
Sin embargo, la dirigenta criticó que "la fiscalización no va a ser efectiva, ya que es muy difícil hacerlo, porque nosotras somos más de 350 mil trabajadoras y somos una a una", por lo que brindó la ayuda de su organización para canalizar los reclamos de las trabajadoras, que debido a su jornada se ven impedidas de realizar este trámite.
Sobre los alcances de esta nueva regulación, Ruth Olate precisó que "las trabajadoras puertas adentro trabajan 12 horas diarias, tienen una jornada con 12 horas de descanso, 9 horas interrumpidas y tres horas de descanso dentro de la jornada de 12 horas y trabaja de lunes a viernes y sábado y domingo libres".
La representante de las trabajadoras de casa particular remarcó que "los domingo siempre libres y los sábados se pueden fraccionar durante la semana o acumularlos durante el mes, pero no pasar más allá del mes".
En el caso de las empleadas puertas afuera, Olate detalló que la normativa estipula "45 horas semanales y con una bolsa de 15 horas extraordinarias con el 50 por ciento de recargo del (sueldo) imponible y no es obligación de ninguna de las dos partes, sino mutuo acuerdo de las dos partes asociadas".