Región del Biobío: Ingeniera civil que cultivaba marihuana en su casa enfrenta juicio
La PDI incautó 264 plantas de marihuana en su domicilio en San Pedro de la Paz en enero de 2015.
Pamela Barragán afirma solo utilizaba la planta con fines recreativos y medicinales.
Se estima que los alegatos de clausura se realicen el próximo miércoles.
El Ministerio Público decidió llevar a juicio por infracción a la Ley 20.000 a la ingeniera civil química Pamela Barragán, luego que el 15 de enero de 2015 la PDI incautara 264 plantas de marihuana en su domicilio en San Pedro de la Paz, encontrándose además 480 gramos de cannabis lista para consumir.
La imputada expuso en una audiencia que ella solo utilizaba la planta con fines recreativos y medicinales, sin vender a terceros.
Expresó que "yo hago un uso recreativo, también medicinal tratando algunas enfermedades que me han diagnosticado y con eso evolucionó hacia una conexión espiritual con la planta, no solo con la sustancia".
"Entonces, queremos transmitir ese contexto de vida de los cultivadores que hay una conexión más allá del vínculo con una planta, sino que es con la energía de una planta y que, en contexto de uso más espiritual que nos vincula con mayor cercanía con una planta", agregó.
Mientras que la fiscal Carla Hernández sostuvo que buscan una condena de tres años para la mujer.
"La figura, y lo mencionamos en más de una oportunidad, el artículo octavo es la siembra, el cultivo y la cosecha de cannabis sativa sin autorización, como lo dice el artículo noveno de la Ley del Servicio Agrícola y Ganadero", indicó.
La persecutora añadió que "el Ministerio Público ejerce la acción penal pública desde que acusa, por lo tanto, lo que se busca es lo que señala la acusación, que se aplique la sanción. Lo que estamos pidiendo en este momento es tres años y un día de presidio menor en su grado medio".
Defensor: "No se requiere autorización del SAG"
En cuanto al argumento de la Fiscalía de la no autorización del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), el defensor penal público Claudio Vigueras dijo que no tiene importancia.
El abogado explicó que "lo que pasa es que la ley establece que cuando las especies vegetales están destinadas al consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo no se requiere autorización del SAG. Eso está en la ley, cualquiera lo puede leer".
"Por lo tanto, no es una cuestión relevante. Lo relevante es lo que se está discutiendo en el juicio, es si la cantidad justifica o no el consumo personal, pero eso es lo que nosotros afirmamos", agregó.
Se estima que los alegatos de clausura se realicen el próximo miércoles, momento en que defensa sacará a relucir la jurisprudencia de la Corte Suprema en casos similares, en que queda sin sanción penal el uso medicinal de la planta.