Estado deberá indemnizar con $100 millones a familia de una víctima de tsunami del 27-F
Juan de Dios Gutiérrez Rioseco decidió quedarse en su puesto de trabajo al escuchar a una autoridad decir que no había peligro de tsunami.
El dinero será para las hijas de la víctima.
Gutiérrez se desempeñaba como guardia del servicio de Aduanas cuando ocurrió el terremoto y tsunami.
La Corte Suprema rechazó recurso de cazación y condenó al Estado
a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a la familia de Juan de Dios Gutiérrez Rioseco, una de las víctima del tsunami del 27 de febrero de 2010 en la comuna de Talcahuano.
Gutiérrez se desempeñaba como guardia del servicio de Aduanas cuando ocurrió el terremoto. Pese a encontrarse cerca del mar, decidió quedarse en su puesto de trabajo luego de escuchar por la radio, al entonces intendente de la región del Biobío Jaime Tohá González, que no había peligro de tsunami.
Sin amargo, el tsunami llegó y el hombre falleció, encontrándose más tarde su cuerpo a varias cuadras de su puesto de trabajo.
Loreto Muñoz, nieta de la víctima, comentó que con el fallo "nosotros creemos que en parte tenemos un poquito de justicia, la verdad es que no el dinero no devuelve a la persona ni tampoco va a cubrir el dolor que sentimos por la pérdida ni mucho menos por las condiciones en las que él falleció, pero sienta un precedente para todas las familias que están luchando por esta causa porque son muchas las familias que perdieron a sus seres queridos".
El dinero será para las hijas de la víctima: Silvia Gutiérrez Sanzana y Gracenari Gutiérrez Sanzana.
Consultadas por la postulación del ex intendente al Congreso, lo calificaron como una burla.
Hijas de Juan Gutiérrez Rioseco, victima del tsunami en Talcahuano: "Es una burla que Jaime Tohá postule a diputado". C. Suprema falló favor pic.twitter.com/Vh8GfO14nx
— Cristofer Espinoza (@CEspinozaQ) 29 de julio de 2017
El abogado Adolfo Ortega comentó que "el año 2013 se dictó la primera sentencia de la Corte Suprema en el mismo sentido, y hoy día hay un segundo fallo que reconoce esto. Lo importante es que la Corte Suprema reconoce a las víctimas en su calidad de tal y eso es lo que importa para los efectos del resarcimiento que ellas perseguían".
Cabe destacar que no es la primera vez que la Corte Suprema ordena indemnizar a la familia de una víctima del tsunami, pues en junio de 2016 condenó al Estado a pagar 110 millones de pesos a la madre y hermanas de una residente de la isla Robinson Crusoe del archipiélago Juan Fernández que murió en el maremoto.