Tribunal Constitucional ordenó promulgar Ley Sernac sin facultades sancionatorias

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Autor: Cooperativa.cl

El organismo determinó que el Presidente Sebastián Piñera deberá dictar, "sin más trámite", el decreto promulgatorio.

El Servicio quedará, en definitiva, sin las prometidas "garras y dientes".

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El Tribunal Constitucional se pronunció este jueves respecto al requerimiento presentado en mayo por el Gobierno a propósito de la denominada "Ley Sernac".

El Ejecutivo pidió al TC que resolviera la controversia causada por las modificaciones a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, debido a que la Contraloría no tomó razón de la promulgación de la ley, que pretendía fortalecer las atribuciones del Servicio Nacional del Consumidor.

En un fallo de 45 páginas (ver archivo adjunto), el Tribunal declaró "ajustado a la Constitución Política (...) el decreto promulgatorio" de la norma y, "por consiguiente", señala que "S.E. el Presidente de la República deberá dictar, sin más trámite, un decreto promulgatorio de la citada Ley N° 21.081".

Su texto habrá de ajustarse "a lo resuelto por el aludido Órgano Contralor en el señalado Dictamen".

Con esto, el Sernac permanecerá sin las prometidas facultades sancionatorias -las denominadas "garras y dientes"- de las que lo quiso dotar el Gobierno de Michelle Bachelet.