Concejales de Chillán Viejo van al Tribunal Electoral por fallida elección de alcalde suplente
Acusan que la Municipalidad suspendió de modo unilateral el procedimiento, luego de que el jefe comunal titular fuera absuelto en un juicio por fraude.
Señalan que el TER es el único organismo acreditado para levantar la suspensión de Felipe Aylwin (PS).
Según el municipio, el fallo del TOP que absolvió a Aylwin, deja sin efecto las resoluciones del TER y el Tricel.
Tres concejales de la comuna de Chillán Viejo presentaron un recurso ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de Ñuble, pidiendo que se cumpla con el nombramiento de un alcalde suplente.
La decisión fue gatillada tras una frustrada sesión extraordinaria programada, para el lunes 19 de agosto, donde se cumpliría con el protocolo de traspaso transitorio del sillón municipal, luego de que el TER determinara -con anterioridad- que el alcalde Felipe Aylwin (PS) no podía seguir en el cargo por haber perdido su derecho a sufragio como imputado en el juicio por el caso de fraude al Fisco.
Sin embargo, en horas previas del mismo día se dio lectura al veredicto de primera instancia donde el alcalde fue absuelto, siendo eliminadas sus medidas cautelares. Ante ello, la Secretaría Municipal determinó cancelar la sesión.
De acuerdo a los concejales radicales Jorge del Pozo y Patricio San Martín, y al PPD Pablo Pérez, el fallo del TOP no tiene una carácter a firme y ejecutoriado. Por ende, no puede desacreditar un dictamen del TER, ratificado por el Tribunal Calificador de Elecciones.
"La decisión fue tomada en forma unilateral por el secretario municipal, motivo por el cual hicimos esta reclamación, ya que el proceso judicial no ha terminado y el TER es el único ente acreditado para levantar la suspensión del alcalde", dijo Jorge del Pozo.
Argumento del municipio
Domingo Pillado, alcalde subrogante asignado por la administración de Aylwin, sostuvo -a través de un comunicado- que "ante lo expuesto por el TOP quedan sin efecto las resoluciones del TER y el Tricel".
En la situación actual, "nuestro alcalde se encuentra con licencia médica por su trasplante y no suspendido de sus funciones, lo que terminó por cancelar la elección de un alcalde suplente", señaló Pillado.
El alcalde subrogante agregó que, en el evento de interponerse un recurso contra el veredicto en primera instancia, el artículo 355 del Código Procesal Penal señala que "la interposición de un recurso no suspenderá la ejecución de la decisión, salvo que se impugnare una sentencia definitiva condenatoria o que la ley dispusiere expresamente lo contrario".