Intendente Biobío: Carabineros tiene que demostrar si gases disuasivos generan afectación
Sergio Giacamán opinó sobre la prohibición decretada por la Corte Suprema respecto al uso de estos productos en el control del orden público.
El máximo tribunal suspendió el uso de químicos disuasivos en el control de protestas.
El intendente del Biobío, Sergio Giacamán, se refirió a la decisión de la Corte Suprema que suspendió el uso de sustancias químicas para restablecer el orden público por parte de Carabineros en Concepción.
La medida, tomada luego de un recurso de protección del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por dos jóvenes que resultaron con quemaduras tras recibir un chorro del carro lanzaagua y tras la apelación de la Octava Zona Policial de Carabineros, prohíbe el uso del gas CS, el cual se adiciona al agua de los "guanacos" y que también se usa en las bombas lacrimógenas.
"Hay que demostrar que los elementos que se usan no generan ningún tipo de afectación y justamente Carabineros está en ese proceso, así que es algo que hemos conversado con el general y que él esta abordando para dar respuesta a la brevedad posible y así poder resolver las dudas que se plantean", dijo el intendente.
"Mi principal preocupación era sobre la oportunidad de la respuesta lo relevante es que acá la Corte Suprema ya se manifestó y teniendo y esa manifestación hoy lo que corresponde es que Carabineros cumpla con entregar la información que se le ha requerido. Lo que Carabineros tiene que hacer es demostrar si es que genera algún tipo de afectación y en ese proceso está Carabineros", añadió la autoridad regional.
Harún Oda, director (s) del INDH Biobío, comentó que "nosotros estamos satisfechos por el fallo de la Corte Suprema, toda vez que viene a ratificar la acusación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, en cuanto al uso de medios disuasivos químicos estaban vulnerando ciertas garantías básicas y derechos de las personas que se manifiestan en la Región del Biobío".
En la apelación Carabineros pidió que la Corte Suprema explicitara si se incluían o no las bombas lacrimógenas y según el fallo tampoco pueden ser utilizadas, porque el gas que compone estas bombas es el mismo con el que se mezcla el agua que terminó causando las quemaduras en los jóvenes.
Con esto, la policía uniformada sólo podrá volver a utilizar estos elementos cuando la autoridad sanitaria respectiva active y autorice un protocolo para el uso de este tipo de sustancias para el restablecimiento del orden público.
La decisión solamente es válida para la jurisdicción donde está la Corte de Apelaciones de Concepción, esto incluye Concepción, la provincia de Arauco y la provincia de Biobío.