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Local de té de Chillán deberá indemnizar a la SCD por no pagar derechos de emisión de música

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

El recinto incumplió la normativa entre los años 2013 y 2018.

Deberá pagar cerca de 37 mil 250 pesos por cada mes, más una multa de 993 mil 460 pesos.

 Cooperativa (referencial)

El tribunal de alzada rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa del local.

La Corte de Apelaciones de Chillán ratificó una sentencia contra el local de té "Di Lui", de Chillán, ordenándole indemnizar a la Sociedad Chilena del Derecho de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), por no pagar los derechos de emisión pública de piezas musicales entre los años 2013 y 2018.

En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa del recinto y confirmó la resolución dictada el 13 de mayo de 2019 por el Segundo Juzgado Civil de Chillán, que acogió la demanda.

Se trata del pago de 0,75 UTM (cerca de 37 mil 250 pesos) por cada mes desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de enero de 2018 (dos millones 272 mil 530 pesos) y desde el 1 de febrero de 2018 hasta la fecha de notificación de la sentencia (856 mil 860 pesos hasta hoy), en atención a la renovación tácita del contrato.

La Corte de Apelaciones confirmó la resolución agregando, además, una multa de 20 UTM (993 mil 460 pesos) por todo el período en el cual se extendió la infracción.