Tribunal dicta veredicto condenatorio contra dos acusados por crimen de joven scout de San Vicente
La lectura de sentencia está fijada para el próximo viernes 11 de junio.
En la causa, el Ministerio Público solicitó la pena de presidio perpetuo para Labrín, mientras que para la menor, cinco años de internación provisoria con programa de reinserción social.
El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Rancagua dictó veredicto condenatorio en el juicio oral contra Ulises Labrín y una menor de edad, por el delito de homicidio calificado del joven scout Tomás Acevedo Olea, hecho ocurrido en junio de 2019 en San Vicente de Tagua Tagua y dpnde la víctima fue agredida en más de 200 ocasiones con un arma blanca.
En fallo unánime, los jueces establecieron la responsabilidad de ambos en el hecho, a través de diversos relatos de testigos, oficiales de la PDI y Carabineros, revisión de mensajería de WhatsApp y cámaras de seguridad, donde detallaron aspectos como que la menor llevó a Tomás hasta el Estero Zamorano, donde se encontraba ya Labrín.
Adicionalmente, se mencionó parte de los dichos del condenado, respecto a los motivos que le habría dado la mujer, para realizar el ataque, en base un presunto abuso sexual de parte de la víctima sobre la menor.
Desde la familia de Tomás, su madre, Beatriz Olea, quien desestimó dicha acusación manifestó que "nosotros siempre creímos que aquí había una persona cercana involucrada. Desgraciadamente es una menor de edad, pues a los menores en este país no se les castiga. Yo jamás voy a tener una pena , que por última diga que tuve justicia".
"Ella por ser menor de edad lo máximo que le podrían llegar a dar son cinco años. Por eso, esa sensación de no tener justicia en este país, duele. Duele, no solo para mi, si no para este pueblo, los alrededores y la familia", puntualizó Olea.
Respecto a lo resuelto por los jueces, el fiscal jefe de San Vicente, Claudio Riobó, apuntó que "se pudo demostrar la responsabilidad, en este delito de homicidio de ambos acusados. Y en especial, el tribunal tuvo en consideración que se cometió con ensañamiento y con además premeditación conocido. Hubo un plan de por medio, en el cual ambos acusados estuvieron de acuerdo en llevarlo a cabo y ejecutarlo".
De acuerdo al veredicto, la atenuante de ensañamiento sólo fue considerada en el caso de Labrín, mientras que para ambos condenados, fue determinada la premeditación del ataque.
Desde la vereda de las defensas, el abogado Hugo Carrera, jurista de la menor de edad, indicó que "estamos decepcionados por el veredicto condenatorio que tuvo mi representada el día de hoy. Pero destacamos, que por otra parte, se descartó por parte de mi defendida la alevosía, el enseñamiento, además de cualquier tipo de agravante".
En la causa, el Ministerio Público solicitó la pena de presidio perpetuo para Labrín, mientras que para la menor, cinco años de internación provisoria con programa de reinserción social.
La lectura de sentencia está fijada para el próximo viernes 11 de junio.