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Ley Pascua: Defensa de primer condenado a pena perpetua en Rapa Nui pide cumplimiento en libertad

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Se trata de un hombre pascuense condenado por violación con secuestro y lesiones graves agravadas en contexto de violencia intrafamiliar.

En la Corte de Apelaciones de Valparaíso se discutió el recurso de nulidad presentado por el defensor, quien pretende que se aplique la Ley Pascua.

La Fiscalía indica que dicha normativa ya ha sido declarada inconstitucional porque contraviene tratados internacionales suscritos por Chile que protegen a la mujer.

En la Corte de Apelaciones de Valparaíso se discutieron los alegatos del recurso de nulidad de juicio oral presentado por la defensa de David Paté Lillo, condenado a presidio perpetuo por secuestro con violación y lesiones graves agravadas en contexto de violencia intrafamiliar cometidos contra su ex pareja en Rapa Nui.

En ese sentido, el defensor Osvaldo Valenzuela busca que su representado cumpla en libertad dicha pena –primera en el territorio insular- para lo cual planteó el debate sobre la aplicación de la denominada Ley Pascua, la que el Tribunal Oral de Valparaíso había resuelto no aplicar atendidos diversos tratados internacionales, como Belem do Pará, que sanciona y erradica la violencia contra la mujer.

La defensa planteó al tribunal de alzada que sí se aplique la Ley Pascua, considerando que existen otros tratados suscritos por Chile, como la Convención 169 de la OIT que plantea que "cuando las penas dicen relación con pueblos indígenas y tribales de países independientes debe tenerse en cuenta sus características económicas y sociales", argumentó la defensa.

Derogación tácita

Por su parte, la fiscal Gabriela Araneda rebatió indicando que "el Tribunal Constitucional, en más de una oportunidad ha declarado inconstitucional la misma. Más allá de eso, el tribunal lo que hace es un control de convencionalidad e indica que los tratados internacionales mencionados son posteriores a los señalados por la defensa, de la OIT", por lo que para el Ministerio Público el polémico Artículo 14 "queda derogado tácitamente".

La lectura del fallo de alzada quedó fijado para el 11 de febrero, día en que se conocerá si se acoge o no la solicitud de la defensa.