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Condenados por crimen de niña en La Serena pasarán 27 años en la cárcel

Publicado:
- Periodista Digital:
Kike Mursell S.

Cada sujeto recibió 15 años por homicidio simple, siete por homicidio frustrado y cinco por porte ilegal de arma de fuego.

Tribunal estableció que dolo directo estuvo presente en el actuar de los sujetos.

 ATON (referencial)

Los autores del crimen de una niña de tres años en La Serena daberán complir condenas a 27 años de presidio efectivo. Emiliano Velásquez Jaime y Johnny Monsalves Alfaro, fueron declarados culpables de tres ilícitos perpetrados el 15 de junio de 2020.

En fallo unánime, ambos condenados recibieron las penas de 15 años de presidio en calidad de autores del delito consumado de homicidio simple, siete años de reclusión por homicidio simple frustrado y cinco años de presidio efectivo por porte ilegal de arma de fuego.

El fiscal Germán Calquin, destacó la importancia del peritaje balístico para establecer que el vehículo en el que se movilizaban ambos condenados se alineó con el automóvil de las víctimas.

"El acusado que conducía el vehículo, por hechos anteriores como el conocimiento del arma de fuego, permitir que se trasladara a bordo de su vehículo, hechos además coetáneos como el alinear el vehículo con el que se trasladaban las víctimas y posteriores, dadas la aceptación del resultado, permitieron al tribunal formar convicción en términos de condenar también a esta persona como autor de los delitos”, dijo Calquin.

El tribunal dio por acreditado, que ambos condenados viajaban en un jeep, cuando vieron pasar, por calle Aconcagua en el barrio Las Compañías, un Chevrolet Sail conducido por Matías Leyton, quien se trasladaba junto a su familia.

Se inició una persecución que terminó cuando el jeep conducido por Monsalves Alfaro se ubicó a un costado del auto de la víctima y Velásquez Jaime "con la intención de matar, apuntara y disparara el arma de fuego que portaban -sin la autorización competente- arma tipo pistola, marca Pietro Beretta, serie B55189Y", dice el fallo.

La resolución agrega que uno de esos disparos impactó "en el hemitórax izquierdo de la víctima de iniciales E.P.L.J., hija del conductor, quien producto de la lesión falleció momentos después, a consecuencia de una herida toraco cardíaca por arma de fuego sin salida de proyectil".

"Que, en consecuencia, habiendo el tribunal valorado todas las circunstancias concurrentes al momento de perpetrar los acusados lo hechos ilícitos, es posible concluir que ambos aceptaron la producción del resultado y, por ende, actuaron en el homicidio de la menor de edad E.P.L.J. con dolo eventual", consigna el fallo.

"Respecto del homicidio frustrado, en el mismo contexto ya descrito, se concluye que el dolo directo estuvo presente en el actuar de los acusados, pues la intención inequívoca estuvo dirigida a quitarle la vida a Matías Leyton, habiendo puesto los hechores de su parte todo lo necesario para que el crimen se consumara, no habiéndose verificado por causas independientes de su voluntad", añade.

"Los acusados privaron de la vida a una niña de tan sólo tres años, instaurando el dolor y desolación en forma permanente en sus padres, provocando en ellos un sufrimiento mayor ante tan temprana pérdida producto de un hecho tan grave y cruento como el que experimentaron el día en que ocurrieron estos eventos", finaliza la resolución.