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Suprema rechazó traslado de Emilio Berkhoff desde Concepción a Lebu

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Temuco había acogido a finales de julio un recurso de amparo interpuesto por la defensa del ex integrante de la CAM, ordenando el cambio.

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Berkhoff fue condenado a seis años de prisión por un atentado perpetrado en Lumaco, en la Región de La Araucanía, y actualmente se le investiga por el delito de narcotráfico, por el presunto traslado de un cargamento de 800 kilos de droga en el Biobío.

La Corte Suprema revocó este martes el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que había aceptado el traslado de Emilio Berkhoff desde la cárcel de Concepción al penal del Lebu, ambos en la Región del Biobío.

En fallo dividido, la segunda sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, el abogado (i) Ricardo Abuauad y la abogada (i) Pía Tavolaridescartó vulneración de derechos en la resolución del Juzgado de Garantía de Traiguén que rechazó el cambio de unidad penal del ex integrante de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), condenado como autor de los delitos de robo con intimidación e incendio. 

Tras la decisión del tribunal traiguenino, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensa de Berkhoff, aludiendo a su sentido de "pertenecer" al pueblo mapuche, y ordenó su cambio al Centro de Detención Preventiva de Lebu, lo que generó el rechazo de los funcionarios de Gendarmería.

"La resolución del juzgado de garantía en contra de la que se interpone la acción constitucional no reviste el carácter de ilegal ni arbitrario, toda vez que se adoptó tomando en consideración lo informado por Gendarmería", dice el fallo de la Suprema. 

"Conforme a las facultades previstas en los artículos 1 y 6 N° 12 de la Ley Orgánica de esa institución y por razones de seguridad en atención a los delitos por los cuales se encuentra condenado el amparado, (Gendarmería) señaló que no procedía el traslado del condenado al penal de Lebú, motivo por el cual no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quien se acciona y cuyo resguardo asegura el artículo 21 de la Constitución Política de la República", concluyó el máximo tribunal. 

La decisión fue acordada con los votos en contra de los ministros Brito y Dahm.

Cabe recordar que Berkhoff fue condenado a seis años de prisión por un atentado perpetrado en Lumaco, en la Región de La Araucanía, y actualmente se le investiga por el delito de narcotráfico, por el presunto traslado de un cargamento de 800 kilos de droga en el Biobío.