Familia de guardia muerto en incendio iniciado por manifestantes valora fallo que condenó al Fisco
"Es importante que esta sentencia por lo menos la vean y la tengan presentes las autoridades: no es menor y la Corte Suprema les está diciendo en qué fallaron", dijo uno de los hijos de Eduardo Lara.
El máximo tribunal estableció que la Gobernación Provincial de Valparaíso incurrió en "falta de servicio" al autorizar la marcha, pues Carabineros advirtió falencias en seguridad.
El hecho ocurrió en la marcha paralela a la Cuenta Pública presidencial registrada el 21 de mayo de 2016.
Luis Lara, uno de los hijos de Eduardo Lara, el trabajador municipal de Valparaíso que el 21 de mayo de 2016 murió en un incendio provocado por manifestantes en medio de la Cuenta Pública presidencial, valoró a nombre de su familia el fallo de la Corte Suprema que estableció la responsabilidad del Estado al autorizar la marcha.
"Es satisfactorio saber que se hizo justicia. La Corte Suprema determinó que la cosa era como nosotros decíamos: faltó conocimiento o trabajo; un trabajo más esforzado por parte de las autoridades de la época en cuanto a las normas de seguridad para el desarrollo de ese tipo de eventos", dijo Lara a Cooperativa Regiones.
"El intendente de la época dijo que el documento de Carabineros no era vinculante. Entonces, si un documento emitido por el ente que está estrechamente relacionado con el orden público no es vinculante, no sé qué documento deberá ser vinculante bajo la apreciación de este caballero", agregó.
A juicio del hijo de la víctima, "es importante que esta sentencia por lo menos la vean y la tengan presentes las autoridades: no es menor y la Corte Suprema les está diciendo en qué fallaron".
Por su parte, la abogada Jeanette Bruna, querellante en la causa y directora jurídica de la Municipalidad de Valparaíso al momento de los hechos, destacó que "es un avance la sentencia para la familia y también en relación con establecer la falta de servicio; la negligencia por no tomar las medidas de seguridad necesarias que Carabineros había advertido para realizar la marcha".
"Sin embargo, se extraña que aún las personas que asesinaron a don Eduardo Lara están prófugas sin posibilidad alguna de ser encontradas hasta el momento; que haber encontrado a la única persona que está cumpliendo pena efectiva fue simplemente por un hecho casual y, de esta manera, la sociedad sigue estando expuesta a tener condenas de papel, como sucede en todos estos casos. Esperemos que hagan su trabajo", concluyó.
El máximo tribunal condenó al Fisco a pagar una indemnización de 80 millones de pesos a la cónyuge e hijos de Eduardo Lara.
Por el hecho, seis personas fueron condenadas, manteniéndose cinco prófugos de la justicia, pues solo uno de los sujetos se encuentra cumpliendo la sentencia luego de haber sido detenido en Concepción.
La sentencia por la demanda civil fue dictada por la Tercera Sala del máximo tribunal luego de que la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazara la acción judicial presentada por familia de la víctima en contra del Fisco.
De esta manera, la Corte Suprema "estableció la responsabilidad del Fisco al autorizar la manifestación sin considerar que existían serias falencias en materia de seguridad, como la operación oportuna de los servicios de emergencia, como advirtió la policía en un informe de factibilidad", indicó el Poder Judicial.
"No se adoptaron todas las medidas necesarias para asegurar la integridad y seguridad de las personas, pues la manifestación pública solicitada fue aprobada sin considerar que existían serias falencias en materia de seguridad, en especial, en aquello relacionado con la operación oportuna de los servicios de emergencia, por lo que la falta de servicio en que incurrió la Gobernación Provincial de Valparaíso es palmaria, pues la actividad esperable para la realidad que se enfrentaba, no fue desplegada", concluyó la resolución.