Exigir la boleta a la salida de las tiendas viola la Ley del Consumidor
El Sernac denunció ante la Justicia a 13 supermercados y tiendas de retail por esta infracción.
Las fiscalizaciones determinaron que esta práctica indebida forma parte del protocolo de las empresas acusadas.
Las empresas arriesgan multas por 300 UTM si sus vigilantes maltratan, discriminan o acusan falsamente a alguien de robar.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) denunció ante la Justicia a 13 supermercados y tiendas del retail de las regiones Metropolitana, Los Ríos, Antofagasta y Biobío, por exigir a los usuarios que exhiban la boleta de compra a la salida de sus locales, algo que viola la Ley del Consumidor.
Gracias a más de 50 fiscalizaciones realizadas desde 2022, el regulador detectó los incumplimientos en recintos de las siguientes cadenas: Híper Lider y Lider Express; Unimarc; Mayorista 10; Tottus; Acuenta; La Polar; Corona; Falabella; Ripley; Easy; Homecenter Sodimac y Construmart.
Según su comunicado, a partir de reclamos y alertas ciudadanas, el Sernac comenzó las diligencias por oficio, requiriendo a las empresas documentación sobre sus protocolos, sistemas de seguridad y vigilancia, medidas dispuestas para asegurar el resguardo de la dignidad de las y los consumidores, entre otras.
Posteriormente, sus funcionarios desarrollaron inspecciones in situ, para contrastar la información entregada y verificar en terreno el control de seguridad, así como entrevistaron a los guardias y jefes de local al respecto, concluyendo que los protocolos de estas 13 empresas contemplaban esa práctica indebida.
LOS INCUMPLIMIENTOS
Según el análisis, los funcionarios exigen la boleta a personas que llevan carros con gran cantidad de mercadería, alto valor o sólo productos tecnológicos o de línea blanca; abordan en especial a jóvenes; revisan productos sin bolsa y de grandes dimensiones, y no informan sobre la voluntariedad del procedimiento, además de mostrar inconsistencias en sus declaraciones respecto al tema.
"No cumplieron con las exigencias que establece la Ley del Consumidor respecto de una serie de aspectos que son muy relevantes a la hora de adoptar medidas de seguridad y vigilancia en las dependencias de sus locales comerciales: entre ellos, no entregar información veraz y oportuna sobre dichas medidas, actuar discriminando arbitrariamente o no respetando la dignidad de las personas, y la falta al deber de profesionalidad, entre otras materias esenciales", complementó el director del Sernac, Andrés Herrera.
El regulador recuerda que si los guardias o personal de vigilancia sorprenden a alguien delinquiendo, sólo están facultados a ponerlo a disposición de las policías, y no pueden discriminar, burlarse, golpear, registrar ni detenerlo contra su voluntad.
Bajo el alero de la Ley del Consumidor, quienes se vean afectados por estas prácticas pueden exigir una indemnización, y en caso de que los funcionarios maltraten, discriminen o acusen a alguien de un falso robo, las empresas arriesgan multas por 300 UTM (cerca de 19 millones 300 mil pesos), sin contar las compensaciones que el tribunal determine.